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Lo que hay que saber de la nueva ley de servicio doméstico

Habrá un plazo de 180 días, a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial, para poner a sus empleadas bajo el nuevo régimen. ART y licencia por maternidad son algunos de los cambios.

18/03/2013 | 06:58Redacción Cadena 3

El nuevo marco legal resulta más beneficioso para las trabajadoras.

FOTO: El nuevo marco legal resulta más beneficioso para las trabajadoras.

La nueva ley del servicio doméstico sancionada por el Congreso de la Nación hace menos de una semana, espera la firma de la presidenta Cristina Fernández para su publicación en el Boletín Oficial.

A partir del momento en que se publique en el Boletín Oficial, los empleadores tendrán un plazo de 180 días para poner bajo el nuevo régimen a sus trabajadoras o a las personas que vayan a contratar.

Lorena Pizzolón es una de las socias de Agencia de Servicios Domésticos y en diálogo con Cadena 3 aclaró algunas cuestiones de la nueva ley.

"Es un cambio radical en al legislación que está vigente desde 1956 y que dejaba excluido al personal doméstico como al rural de la Ley de Contrato de Trabajo", aclaró.

Pizzolón señaló que algunas cuestiones en la nueva ley "aún no están bien definidas" como por caso saber si se equiparará la cuestión salarial, ya que Córdoba tiene un régimen diferenciado respecto al resto del país.

"Habrá un registro de empleadores y habrá que dar el alta el momento de tomarla", indicó.

En ese sentido, la especialista aclaró que la nueva ley "también ampara al personal por hora".

Pizzolón explicó que actualmente el personal por hora "si bien en muchos casos no está encuadrado en las categorías del Sinpecaf, se deben hacer los aportes aunque trabaje menos de seis horas semanales".

"Por eso el formulario 102 de Afip tiene en sus especificaciones cuánto se debe aportar según la cantidad de horas", apuntó.

"Otro de los cambios de la nueva ley es que el empleador debe contratar una ART, tiene la obligación de hacerlo", añadió.

La especialista señaló que esta nueva obligación para el empleador es algo bueno, "porque antes no le permitían contratar la ART porque las trabajadores no estaban contempladas bajo la ley de contrato de trabajo y si a la empleada le pasaba algo, el empleador corría con todos los gastos".

Pizzolón también dijo que en el caso de la Asignación Universal Por Hijo, "en la mayoría de los casos las trabajadoras no lo pierden porque sólo excluye de este beneficio a tres categorías que son las de los salarios más altos".

"En Córdoba la gran mayoría cobra la Asignación Universal Por Hijo", agregó.

Otro de los puntos a tener en cuenta es la responsabilidad de tomar al personal y registrarlo "es del empleador".

Pizzolón aseguró que no sirven los "acuerdos por escrito en el que las trabajadoras dicen que no quieren estar en blanco".

Consideró que la nueva ley es beneficiosa "siempre y cuando los aportes y cargas no se escapen mucho para arriba".

También recomendó no alarmarse ante los trámites que demandará registrar a las trabajadoras y destacó que habrá facilidades para cumplir con esta obligación.

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