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Ley ómnibus: 10 puntos que se modifican

 

22/01/2024 | 11:26Redacción Cadena 3

Fotoilustración: Juan Pérez Gaudio.

FOTO: Fotoilustración: Juan Pérez Gaudio.

  1. Audio. Ley ómnibus: los 10 puntos que se modifican

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-EMERGENCIA

Se realizaron cambios en la estructura y redacción del proyecto a los fines de mejorar la técnica legislativa y favorecer su lectura. Se eliminó la emergencia en materia social y de defensa y se redujo el plazo de las delegaciones legislativas a un año, con la posibilidad de prorrogar por un año más con aprobación del Congreso. (Un años en vez de dos)


-REFORMAS DEL ESTADO

En la sección reforma del estado, se realizaron cambios en las facultades delegadas a los efectos reflejar, con mayor claridad, la materia delegada y se especificaron con mayor detalle las competencias asignadas al Poder Ejecutivo Nacional.


-PRIVATIZACIÓN

Se eliminó YPF del listado. Para Nucleoeléctrica, Banco Nación y ARSAT se estableció que el Estado solamente puede realizar una privatización parcial, debiendo mantener el control de la empresa. Además, se incorporó expresamente, la participación de la Comisión Bicameral de Privatizaciones de la Ley N 23.696 para el seguimiento de los trámites respectivos.


-ACTIVIDAD POLITICA

Se incluyó a “los empleados públicos”, en las limitaciones a la actividad política. Se determinó un mecanismo sancionatorio ante el incumplimiento de tales prohibiciones. (No se podrán utilizar los cargos ni los aparatos del Estado para proselitismo)


-MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES

El Gobierno va a cumplir con el ajuste trimestral que les corresponde a todos los jubilados en marzo respetando la fórmula actual. A partir de abril, comienza una actualización automática por inflación mensual en base al último dato de inflación disponible del INDEC. Así se les garantiza a los jubilados que mantengan su poder adquisitivo.


/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

-JUBILACIONES DE PRIVILEGIO

Se eliminan las jubilaciones de privilegio para presidente y Vicepresidente. Se le pone fin a un privilegio de la casta en donde los Presidentes accedían a una jubilación millonaria y vitalicia.


-DERECHOS DE EXPORTACION

Se establecen en 0% para las economías regionales. A su vez, se elimina la facultad del Poder Ejecutivo de poder subir los derechos de exportación. Solamente se mantiene la facultad para poder reducirlas.


-CODIGO CIVIL Y COMERCIAL

Se reduce la reforma a los cambios estrictamente en el capítulo de contratos y solo a los fines de acrecentar la libertad económica de las partes. En este sentido se eliminan de la Ley las modificaciones a los artículos 804, 887, 888, 911, 912, 994, 1002, 1004, 1011, 1014, 1056, 1082, 1528, 1539, 1641, 1642, 1643, 1649, 1741, 1754, 1796, 2000, 2038, 2047, 2089, 2207, 2331, 2332, 2333, 2334, 2468, 2542 y 2546 del Código Civil y Comercial. Se implementa una mejora en la redacción del artículo 352 en función de comentarios recibidos en el debate en Comisión.


-SISTEMA ELECTORAL

Se pasó para la discusión de ordinarias la reforma de las circunscripciones uninominales, las PASO y la actualización de la composición de la Cámara de Diputados.


-CULTURA

Se reducen las modificaciones al INCAA. Se eliminan los cambios de los artículos 2, 3, 4, 5, 21, 34. 35 y 37 de la Ley 17.741. A su vez, se elimina la derogación de los artículos 22, 23, 25, 28, 30 y 41 de dicha Ley. En particular la derogación de la modificación del artículo 21 indica que se mantiene la asignación específica para el Instituto (el Instituto va a seguir recibiendo un monto indeterminado de recursos de manera automática).


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