El Gobierno dio luz verde a usar BOPREAL para saldar deudas de hasta US$1.000 millones
La medida se implementa antes de la primera licitación de la serie 4 del BOPREAL. Permitirá el uso de estos bonos para cancelar obligaciones fiscales y aduaneras, abarcando múltiples deudas.
17/06/2025 | 08:04Redacción Cadena 3
El Gobierno autorizó a los tenedores de la Serie 4 de los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL) a utilizarlos para liquidar deudas fiscales y aduaneras que suman hasta US$1.000 millones, mediante el Decreto 384/2025, publicado en el Boletín Oficial. Esta normativa permite que estos bonos, emitidos por el Banco Central (BCRA) desde el 17 de junio de 2025 hasta el 30 de septiembre del mismo año, se usen como medio de pago para cancelar obligaciones impositivas y aduaneras, incluidas multas e intereses.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de la aplicación y fiscalización de estas operaciones, actuando en conjunto con el BCRA para establecer los plazos y condiciones que permitirán que los tenedores de los bonos puedan realizarlos en pago, tomando en cuenta el valor técnico que se calculará según el tipo de cambio pertinente.
Sin embargo, quedan excluidos de este régimen los aportes y contribuciones dirigidos a la seguridad social y a obras sociales, así como las cuotas correspondientes al seguro de vida obligatorio y las deudas relacionadas con las aseguradoras de riesgos del trabajo. También se exceptúan el impuesto sobre créditos y débitos bancarios y otras obligaciones relacionadas con deudas de terceros.
El texto del decreto indicó que los BOPREAL Serie 4 podrán ser transferidos sin restricciones por sus propietarios, confirmando que el uso de estos bonos para cancelar deudas constituye "un derecho adquirido, tanto para el suscriptor como para cualquier tenedor de aquellos, y forma parte de su derecho de propiedad".
El uso de los BOPREAL para pagar deudas tributarias estará restringido a un límite total de US$1.000.000.000, y la ventana de tiempo para su utilización se fijó entre el 30 de abril de 2028 y el 31 de octubre de 2028. Se estipuló que la dación en pago de estos instrumentos como forma de saldar deudas no podrá llevarse a cabo una vez que el Banco Central efectúe el pago del capital, añadiendo que "si se realiza un pago parcial del capital, entonces la dación en pago será posible por el monto remanente".
El decreto también establece que la Jefatura de Gabinete de Ministros se encargará de ajustar los presupuestos necesarios para garantizar la transferencia de los montos correspondiente a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por las deudas fiscales y aduaneras que se salden mediante este mecanismo, conforme al Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos.
Esta decisión del Gobierno se presenta días antes de la primera licitación de la Serie 4 de los BOPREAL, que se realizará el miércoles 18 de junio y permitirá la participación de importadores con deudas comerciales acumuladas hasta diciembre de 2023, además de empresas que enfrentan deudas internas y aquellas que no pudieron concretar dividendos por restricciones cambiarias.
[Fuente: Noticias Argentinas]