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Política y Economía

Cómo proceder con el nuevo régimen de compras al exterior

21/01/2014 | 21:32Redacción Cadena 3

A continuación, los detalles que está informando la AFIP sobre el nuevo régimen de compras al exterior.

¿Quiénes deberán completar el formulario 4550/T?

Los sujetos que realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior, que ingresen al país mediante el correo oficial o a través de Prestadores de Servicios Postales/Courier, deberán seleccionar el Formulario N° 4550/T (Compras a proveedores del exterior) y completar el mismo con el detalle de la adquisición realizada. La presentación de la declaración jurada se realizará con anterioridad al retiro o recepción de la mercadería por parte del adquirente.

Canales de ingreso

Servicio puerta a puerta

Servicios Postales/Courier

¿Cómo proceder cuando corresponda el pago del arancel del 50%?

En caso, de corresponder el pago del arancel único del CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre el valor de compra, el adquirente deberá presentarse en el Correo Oficial o en la Aduana correspondiente con la declaración jurada presentada y la constancia del pago efectuado. El pago se realizará vía Volante Electrónico de Pago (VEP).

¿Qué se debe consignar en el Formulario 4550/T y en el VEP como "Identificador del envío"?

Al momento de confeccionar el Formulario 4550/T y el Volante Electrónico de Pago, en el campo "Identificador del envío" deberá informar el número local asignado por el Correo Oficial y que éste le comunica al adquirente cuando arriba la mercadería.

Un envío suele tener un número de tracking internacional y, cuando llega al país, el Correo Argentino le asigna otro número local. Este último es el que debe consignarse en dicho campo.

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