Cambiemos arremete contra los sindicalistas corruptos
El oficialismo busca que se juzgue a los dirigentes con la misma vara que a los funcionarios. La iniciativa también contempla la difusión de las declaraciones de bienes de los gremialistas.
23/02/2018 | 06:14Redacción Cadena 3
Una veintena de diputados de Cambiemos presentó un proyecto de ley para que se pueda juzgar a los sindicalistas por delitos de corrupción y de enriquecimiento ilícito, con lo que estarían alcanzados con las mismas sanciones aplicables a los funcionarios públicos, que contemplan penas de hasta diez años de prisión.
Al día siguiente de la masiva protesta del camionero Hugo Moyano, legisladores del oficialismo salieron a impulsar esta iniciativa, redactada por el vicepresidente de la Cámara baja, el radical Luis Petri, y firmada por una veintena de legisladores de la UCR y el macrismo.
El Código Penal sanciona "con reclusión o prisión de tres a diez años e inhabilitación especial perpetua al funcionario público que, por sí o por persona interpuesta, recibiere dinero o cualquier otra dádiva o aceptare una promesa directa o indirecta, para hacer, retardar o dejar de hacer algo relativo a sus funciones".
En ese sentido, propone una reforma para aplicar "la misma pena a quienes dirijan o administren asociaciones sindicales con personería gremial u obras sociales de la ley 23660 que por sí o por persona interpuesta, recibieren dinero o cualquier otra dádiva o aceptaren una promesa directa o indirecta, para hacer, retardar o dejar de hacer algo relativo a sus funciones".
En el caso de enriquecimiento ilícito, la pena de prisión será de cuatro a diez años, y una multa del 50 al 100% del valor del enriquecimiento más inhabilitación.
"Esta iniciativa va en favor de los trabajadores, porque cuando hay un sindicalista corrupto, que en lugar de defender los intereses de los trabajadores engrosa sus bolsillos y negocia espuriamente condiciones más beneficiosas de carácter personal; cuando hay un sindicalista con mansiones, autos importados, millones y millones de pesos, está claro que está traicionando a sus representados con dineros indebidos", indicó en diálogo con Cadena 3.
El proyecto busca que a los sindicalistas se los pueda "juzgar como sucede en el caso de los funcionarios públicos por los delitos de corrupción, y enriquecimiento contra la Administración Pública".
"Queremos que, teniendo en cuenta las millonarias sumas que administran, tengan que rendir cuentas y que sean responsables penalmente cuando reciben sobornos o se enriquecen ilícitamente", precisó.
Agregó, también: "Creemos que es indispensable que presenten declaraciones juradas, que se pueda saber la evolución patrimonial, y que sean públicas".
"Buscamos equiparar a quienes dirigen o administran obras sociales o asociaciones gremiales a los delitos de funcionario público, como pude ser el cohecho", explicó.
Además de Petri firman el proyecto Graciela Ocaña, Paula Olivetto, Carlos Fernández, Julián Dindart, Pablo Torello, David Schlereth, Cornelia Schmidt Liermann, Hugo Marcucci, Jorge Enríquez, Martín Grande, Julio Sahad, Aída Ayala, Pablo Torello, Facundo Suárez Lastra, Natalia Villa, Marcela Campagnoli, Leonor Martínez y Marcelo Monfort, entre otros.
El legislador mendocino señaló que los sindicalistas, por su función de administrar las obras sociales, "se desempeñan como verdaderos entes de derecho público".
En ese sentido, el proyecto establece que el sindicalista condenado por cohecho y tráfico de influencias será reprimido con reclusión o prisión de tres a diez años e inhabilitación especial perpetua.
Otro punto importante del proyecto es que impide a un dirigente que tenga inhibiciones civiles o penales, lidere un gremio o dirija una obra social; además, obliga a los dirigentes a presentar sus declaraciones juradas ante el Ministerio de Trabajo antes de asumir sus funciones, y también al retirarse del cargo.
Esta declaración jurada deberá contener una nómina detallada de todos "los bienes, propios del declarante, propios de su cónyuge, los que integren la sociedad conyugal, los del conviviente, los que integren en su caso la sociedad de hecho y los de sus hijos menores, en el país o en el extranjero".
En la misma, deberán detallar los bienes inmuebles, y las mejoras que se hayan realizado sobre dichos inmuebles; bienes muebles registrables; otros bienes muebles, determinando su valor en conjunto; capital invertido en títulos, acciones y demás valores cotizables o no en bolsa, o en explotaciones personales o societarias; y monto de los depósitos en bancos u otras entidades financieras, entre otras medidas.
El listado de las declaraciones juradas deberá ser publicado por la autoridad administrativa del Trabajo en el plazo de 90 días en la página web del organismo.
También obliga a respetar el cupo femenino de un 30% en los cargos electivos en los sindicatos "cuando el número de mujeres alcance o supere ese porcentual sobre el total de los trabajadores".






