Villarruel implementa retiro anticipado para trabajadores del Senado con deudas
La vicepresidenta firmó el decreto 0362/25 que habilita jubilaciones anticipadas para trabajadores del Senado con hasta cinco años de deuda. El plazo para adherir es de 60 días.
20/06/2025 | 06:42Redacción Cadena 3
La vicepresidenta Victoria Villarruel estableció un régimen de jubilación anticipada para trabajadores del Senado, tanto de planta permanente como temporaria, que adeuden hasta cinco años para acceder a este beneficio.
Esta normativa se formalizó mediante el decreto 0362/25, firmado el 17 de junio pasado, al que accedió la Agencia Noticias Argentinas.
En los considerandos, Villarruel destacó que esta medida busca "reafirmar su compromiso de adoptar acciones orientadas al fortalecimiento institucional y a la optimización de recursos" con el "fin de atender las necesidades del personal, fomentar la modernización administrativa, promover la reorganización y garantizar la eficiencia en la utilización de recursos públicos".
Esta medida se aplica al personal de planta permanente y temporaria que "faltaren hasta cinco años para alcanzar la edad mínima requerible en el régimen jubilatorio general vigente", establecida actualmente en 65 años para hombres y 60 para mujeres.
El plazo para adherir es de 60 días, y los interesados deben cumplir con los años de servicios con aportes necesarios para iniciar el trámite.
Por su parte, el personal de planta temporaria deberá "estar afectado a alguna de las estructuras orgánicas estables con una antigüedad mayor a los 2 años".
Se excluye a quienes posean un sumario administrativo que pueda conducir a sanciones de cesantía o exoneración, así como aquellos con ausencias injustificadas, reclamos administrativos en curso y otros casos pendientes de resolución, salvo los que se relacionen con la ley de Riesgos del Trabajo.
Asimismo, son pocos los que podrán acceder a esta disposición si enfrentan procesamientos por delitos contra la administración pública, quienes hayan renunciado (aunque falte la aceptación formal) y los que tengan en procedimiento una jubilación ordinaria, tal como indica el decreto.
La evaluación de solicitudes recaerá en la Dirección General de Recursos Humanos, que "podrá eventualmente denegar la petición", dado que la mera presentación de la solicitud no garantiza el "otorgamiento del beneficio".