El Gobierno aumentó el presupuesto para sueldos, subsidios y gastos operativos
El Ejecutivo nacional destinó más recursos a salarios y subsidios a través de un DNU, que también obligará a organismos públicos a invertir sus excedentes en Títulos Públicos.
24/06/2025 | 08:20Redacción Cadena 3
El Gobierno implementó una modificación significativa del presupuesto nacional al aumentar los recursos destinados al pago de sueldos, subsidios y gastos operativos. Esta reconfiguración se formalizó mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 425/2025, el cual fue publicado el día martes en el Boletín Oficial.
La normativa argumentó que esta adecuación se enmarca en la emergencia pública en los ámbitos económico, financiero y social, la cual se declaró vigente hasta diciembre de 2025 mediante el DNU 70/23, reafirmada posteriormente por la Ley de Bases.
El Ejecutivo, en su justificativa, consideró que “dada la emergencia económica actual, es imprescindible que el Gobierno Nacional asegure una distribución adecuada de sus recursos para cumplir con sus obligaciones”. Además, sostuvo que “se requiere ajustar el presupuesto nacional que regirá durante el presente ejercicio, asignando recursos adicionales a áreas específicas”.
Asimismo, el informe alertó que “si no se ejecuta la adecuación del presupuesto de forma inmediata, se verían comprometidos servicios esenciales de responsabilidad estatal”.
Entre los principales objetivos de la modificación, el Gobierno mencionó que se contempla “el fortalecimiento de los créditos destinados a gastos de personal, así como la atención de necesidades actuales en salarios, gastos operativos y equipamiento, además de recursos para subsidios, becas y compensaciones requeridas para cumplir con las funciones de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional”.
Por otro lado, el DNU estableció que los organismos del Sector Público Nacional “deben invertir sus excedentes transitorios de liquidez, no incorporados a la Cuenta Única del Tesoro, en las licitaciones de Títulos Públicos y/o Letras del Tesoro que realiza el Tesoro Nacional, respetando el desempeño de sus actividades específicas y los objetivos de los patrimonios que administran”. Esta medida no se aplicará a bancos públicos, el Poder Legislativo, el Poder Judicial ni el Ministerio Público.
Por otra parte, la normativa aclaró que se establece un régimen de información sobre el flujo de fondos, el estado de inversiones y disponibilidad que las entidades deberán reportar mensualmente a la Secretaría de Hacienda.
Tal disposición busca “contar con un estado de liquidez actualizado de los organismos del Sector Público Nacional, exceptuando aquellos que mantengan todas sus disponibilidades en la Cuenta Única del Tesoro (CUT)”.
Finalmente, el DNU prorrogó por 10 años las pensiones otorgadas conforme a la Ley Nº 13.337 y sus modificaciones, así como las pensiones gratificadas ampliadas por la Ley Nº 27.008 y sus modificatorias, estipulando las condiciones que deberán cumplir estas pensiones.
Entre los requisitos se incluyen no ser propietario de un inmueble cuyo valor fiscal supere los $7 millones, no tener afinidad con el legislador solicitante y no exceder una suma equivalente a un haber mínimo garantizado, ya sea de forma individual o acumulativa.
[Fuente: Noticias Argentinas]