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Para Sabsay, la cuarentena se ajusta a la Constitución

El abogado constitucionalista dijo a Cadena 3 que el decreto se justifica por la situación excepcional. El penalista Eduardo Gerome destacó que el incumplimiento se enmarcan en el Código Penal.

19/03/2020 | 23:23Redacción Cadena 3

El abogado constitucionalista Daniel Sabsay consideró en diálogo con Cadena 3 que el Decreto de Necesidad de Urgencia que establece una cuarentena total en Argentina por el coronavirus hasta el 31 de marzo "se ajusta absolutamente a la Constitución".

El especialista consideró que, en general, los DNU han sido injustificados porque "no se daban las circunstancias excepcionales" para que el Congreso pudiese llevar a cabo su procedimiento normal de formación y sanción de leyes. 

"En este caso la circunstancia excepcional es la pandemia que nos acosa a todos y el Congreso no está reunido y no podría hacerlo en la velocidad necesaria. Se ajusta a la Constitución por la necesidad y urgencia de que se tomen decisiones", argumentó.

En este caso la circunstancia excepcional es la pandemia que nos acosa a todos y el Congreso no está reunido

Sabsay recordó que había indicado que no era necesario el dictado de un estado de sitio porque "es para circunstancias diferentes", como la conmoción interior o la amenaza externa que impiden la aplicación de la Constitución o el ejercicio de facultades gubernamentales. En ese caso, el Presidente puede ordenar detenciones.

Sin embargo, remarcó que los delitos previstos ante el incumplimiento están en el Código Penal, que son los contra la salud pública. El DNU no puede establecer delitos.

"Se puede detener porque están en flagrancia, están cometiendo el delito en la calle. Entonces los podrán detener y quedarán a disposición de un juez", explicó sobre las salidas injustificadas.

Se puede detener porque están en flagrancia

Por su parte, el abogado penalista Eduardo Gerome señaló a Cadena 3 que la medida está destinada a aquellos que tengan alguna posibilidad de contagiar.

Y detalló: "Puntualmente, la ley dice que se castiga con pena de hasta dos años al que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la propagación de una epidemia".

"Si la ley habla de que no se tomen los recaudos para impedir la propagación e incumplimos, nos exponemos a que nos detengan", justificó.

Entrevistas de Alejandro Bustos.

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