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Chubut: mujer podrá seguir tratamiento de fertilidad tras la muerte de su esposo

Un juez autorizó la fertilización asistida usando embriones congelados de su marido fallecido, creando un precedente ante el vacío legal en este ámbito.

05/07/2026 | 11:00Redacción Cadena 3

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Chubut: mujer podrá seguir tratamiento de fertilidad tras la muerte de su esposo

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Buenos Aires, 5 de julio (NA) -- Una mujer de Chubut podrá proseguir con un tratamiento de fertilidad, utilizando embriones criopreservados antes del fallecimiento de su esposo. Esta decisión judicial ha marcado un hito ante la falta de regulación existente en estos casos.

El fallo fue emitido por el Juzgado de Familia de Trelew, bajo la dirección de la jueza Ivana Wolansky, quien ordenó al centro médico que custodiaba los embriones realizar la transferencia, basándose en el concepto de maternidad monoparental, según lo informado por el Ministerio de Justicia chubutense.

La historia se remonta a 2011, cuando la pareja se casó con el deseo de formar una familia. Tras varios intentos fallidos de concepción, decidieron someterse a tratamientos de fertilidad, y posteriormente, el Centro de Fertilidad PROCREARTE en Buenos Aires gestionó la donación de óvulos y esperma.

En diciembre de 2019, ambos dieron su consentimiento para la criopreservación de los embriones, pero la pandemia impidió la transferencia. Dos años más tarde, ya establecidos en Trelew, trasladaron cuatro embriones en estadio mórula a un centro médico de Puerto Madryn para continuar el tratamiento más cerca de su hogar.

El proyecto familiar se vio truncado el 23 de agosto de 2022 debido a la enfermedad y posterior fallecimiento del esposo. Tras este suceso, la clínica se negó a llevar a cabo la implantación, argumentando que el Código Civil y Comercial exige un consentimiento expreso y actualizado de ambos miembros de la pareja, lo cual ya no era posible.

Al evaluar el caso, la jueza Wolansky determinó que la falta de una normativa específica sobre la fertilización post mortem no podía ser un obstáculo para el ejercicio de derechos fundamentales. Además, enfatizó que existe una laguna legal que debe ser abordada a través de una interpretación centrada en la voluntad procreacional y el proyecto parental.

La sentencia también consideró un informe del Equipo Técnico Interdisciplinario, que concluyó que la mujer tiene las condiciones económicas y habitacionales adecuadas, además de contar con una sólida red de apoyo familiar para afrontar la crianza de manera independiente.

Finalmente, la jueza ordenó la transferencia inmediata de los embriones, subrayando que, dado que se trata de un proyecto de maternidad monoparental, la decisión de la mujer es parte de su derecho a la integridad y libertad personal, así como de su derecho a formar una familia.

En diálogo con la Agencia Noticias Argentinas, la abogada Melina González mencionó que se han realizado intentos previos para regular estas situaciones de procreación post mortem, pero no se logró un acuerdo, lo que ha dejado un vacío legal. La letrada comparó la legislación argentina con la de otros países que exigen un consentimiento anticipado post mortem, como España, y consideró que esta sería una forma adecuada de regular el tema.

González también destacó la importancia de ordenar la situación, dado que hay dos aspectos a tener en cuenta: el vínculo filial entre el niño por nacer y el fallecido, y la vocación hereditaria, elementos que deberían estar regulados por ley y no depender del criterio de un juez.

Por último, la abogada resaltó que, a pesar del vacío legal actual, cada caso deberá ser analizado individualmente, aunque este fallo podría sentar jurisprudencia para futuros casos relacionados con embriones criopreservados.

Lectura rápida

¿Qué decidió el juez?
El juez autorizó a una mujer de Chubut a continuar su tratamiento de fertilidad con embriones congelados de su esposo fallecido.

¿Quién es la jueza a cargo?
La jueza Ivana Wolansky, del Juzgado de Familia de Trelew, fue quien dictó el fallo.

¿Qué sucedió con la pareja?
La pareja se casó en 2011 y, tras varios intentos fallidos, criopreservaron embriones en 2019.

¿Cuál fue el obstáculo inicial?
La clínica se negó a realizar la implantación tras el fallecimiento del esposo, argumentando la falta de consentimiento.

¿Qué implicaciones tiene este fallo?
El fallo puede sentar un precedente legal para futuros casos de fertilización asistida post mortem.

[Fuente: Noticias Argentinas]

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