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¿Dolo eventual o culpa?, la polémica entre penalistas

La condena a ocho años de cárcel para el propietario de un perro que mató a un niño en La Plata desató la polémica entre especialistas en derecho. La clave: si se representó lo que podría ocurrir.

27/04/2016 | 06:26Redacción Cadena 3

Los penalistas Santiago Acuña (a favor) y Alejandro Pérez Moreno (en contra)

FOTO: Los penalistas Santiago Acuña (a favor) y Alejandro Pérez Moreno (en contra)

El dueño del Pitbull que atacó y mató a Santiago Veer, de 2 años, fue condenado por la Justicia a ocho años de prisión, al ser encontrado culpable de "homicidio simple con dolo eventual". Esta figura provocó un amplio debate entre los abogados penalistas, así como entre los oyentes de Cadena 3.

Los especialistas que están en contra de que se aplique el "dolo eventual" en este caso, aseguran que la responsabilidad penal por un hecho no puede ser transferida. El que mató es el perro, no el dueño, dicen. Y afirman que en este caso se debería haber aplicado la figura de “culpa consciente”, es decir: que el sujeto se representó la probabilidad de que el resultado se produzca, pero no lo consintió.

Sin embargo, los defensores del fallo aseguran que el "dolo eventual" estuvo bien aplicado. Porque, por su pericia como entrenador de perros y por sus antecedentes, el sujeto sí se representó "el resultado lesivo como probable e internamente lo consintió".

Cabe remarcar que el mínimo de la pena del homicidio doloso (simple) es de ocho años de prisión –la que recibió el condenado, Fernando González– mientras que el máximo del homicidio culposo es de cinco años.

A favor de la sentencia se manifestó ayer el penalista Santiago Acuña, docente de Derecho Procesal Penal de la UNC, en diálogo con Cadena 3.

Sobre la "discusión doctrinaria", aportó: "La 'culpa' es la imprudencia: yo dejo una maceta, se cae y mata una persona. Tengo culpa, pero no me representé el resultado. Pero si yo estoy pasando con mi auto al frente de una escuela, la velocidad máxima permitida es 40 y yo paso a 80, me estoy representado la posibilidad de cometer un hecho delictivo, pero desprecio el resultado. Eso es dolo eventual".

"El perro en este caso es un extensión de la persona, porque está bajo su cuidado. Como un arma, o un palo de amasar. La persona lo dirige. El arma no se dispara por error. Un perro con peligrosidad, sin bozal, sin cadena, con antecedentes de denuncias, configuran la circunstancia de que el dueño sea el responsable de ese perro. No puede haber dejado de representarse que el perro pudiera cometer lo que finalmente pasó", dijo Acuña.

"El condenado no tomó los recaudos previstos, como ponerle bozal a un perro peligroso, tenía la conciencia de la peligrosidad (del perro)", remarcó Acuña.

"Tenemos que pensar cómo vamos a administrar el riesgo de nuestros actos propios y el de nuestros dependientes. Eso es un animal para la ley, una cosa mueble, un dependiente", dijo Acuña.

"La persona se representa una circunstancia que puede devenir en delito. Por ejemplo: dejar atado a un animal de semejante peligrosidad sin bozal, teniendo la pericia técnica de ser adiestrador. Se pudo representar mentalmente de que por allí transitaban niños, personas. Estaba dejando un arma cargada", opinó Acuña.

"Existen reglamentaciones –en Córdoba está la Ley de Animales Peligrosos– que establecen determinadas conductas para asumir ese riesgo. Por ejemplo, cuáles son las modalidades de uso y de tenencia de arma de fuego. Con los animales también hay normas", dijo Acuña.

A favor de la sentencia también se manifestó el coordinador de la Unidad de Victimología de la Nación, lberto Linares, en diálogo con Cadena 3.

"Es la primera vez que se llega a una condena por dolo eventual en un hecho como este. Nos sorprendió muy gratamente. No estábamos seguros de que fuera a ocurrir, por eso saludamos con mucha satisfacción el fallo este Tribunal, que ha tomado conciencia cuán cruel fue este hecho que merece este fallo", dijo Linares, quien asesoró y contuvo a la familia de la víctima, ya que la Unidad de Victimología colabora con la asociación Madres del Dolor.

El abogado consideró que este caso "es muy parecido a lo que sucede en hechos de tránsito, donde la línea entre la culpa y el dolo es muy delgada. Hay un gran debate y me parece saludable".

"La Fiscalía hizo una muy buena instrucción de la causa, a partir de eso se fue viendo cómo responsabilidad penal de González", dijo Linares, y agregó que "Esta persona tenía por lo menos ocho perros que entrenaba para pelea, tenía numerosas denuncias previas porque uno de sus animales había atacado a una familia, mató a un perro e hirió a un nene".

En contra

Por su parte, Alejando Pérez Moreno, reconocido penalista de Córdoba, se manifestó en contra de la sentencia.

"No estoy de acuerdo con que exista dolo eventual en este caso, entiendo que para ello por el ataque de un perro se debe representar la posibilidad concreta de que el animal produzca un daño letal", le dijo a Cadena 3.

"Que haya puesto el perro ahí no lo hace merecedor de una condena por dolo eventual. Podríamos sospechar que lo puso ahí para matar al chico, y sería dolo directo, pero no es así".

"Para mí hay culpa consciente, que se debería haber reflejado en la pena. Yo digo lo que dice la normativa y la jurisprudencia más allá de que repudio la situación que vive esta familia. Los jueces deben juzgar por lo que manda la ley y no por los sentimientos, para eso está la Justicia", dijo.

En sintonía se manifestó, por supuesto, el defensor del dueño del pitbull, Fabián Musto, para quien González tuvo “un obrar imprudente y negligente” y no está probado que se haya representado la posibilidad cierta de que podía pasarle algo malo al menor y eso no le importara.

El defensor agregó argumentos y concluyó "es un homicidio culposo”, y González debe ser condenado por ese delito.

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