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ARCA presentó un nuevo plan de facilidades de pago para regularizar deudas tributarias

El nuevo régimen permitirá regularizar deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.

12/06/2025 | 08:30Redacción Cadena 3

FOTO:

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó un nuevo régimen de facilidades de pago destinado a la regularización de deudas impositivas y aduaneras, además de los recursos de la seguridad social. Este plan se formalizó el jueves mediante la Resolución General 5711/2025, que se publicó en el Boletín Oficial. La iniciativa tiene como objetivo que los contribuyentes puedan regularizar las obligaciones vencidas hasta el 30 de abril de 2025, sin reducción de intereses ni liberación de sanciones.

El régimen permite a los responsables regularizar sus deudas tributarias, incluidos los accesorios, así como las retenciones y percepciones impositivas y las obligaciones aduaneras derivadas de importaciones o exportaciones. También se incluye la regularización de liquidaciones correspondientes a estas deudas, junto con sus intereses asociados.

Este nuevo régimen está dirigido a personas físicas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2), entidades sin fines de lucro, y el sector salud, así como al resto de los contribuyentes en general. Entre las características de la iniciativa, se detalla que el pago inicial se calculará sobre la total de la deuda consolidada, y las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, establecidas en un mínimo de $2.000. No habrá limitaciones en la cantidad de planes de facilidades de pago que se podrán presentar.

La normativa estipuló además que el plan caducará a los 60 días corridos en caso de impago de dos cuotas, sean consecutivas o alternadas, y estableció que la tasa fija de interés será del 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente.

Condiciones por tipo de contribuyente:

  • Personas físicas, sucesiones indivisas, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud:
    ? Pago inicial: 10%
    ? Hasta 60 cuotas
  • Medianas empresas (tramos 1 y 2, excepto personas físicas y sucesiones indivisas):
    ? Pago inicial: 15%
    ? Hasta 48 cuotas
  • Resto de los contribuyentes:
    ? Pago inicial: 20%
    ? Hasta 36 cuotas

El plazo para acogerse al nuevo régimen será entre el 1 de julio y el 30 de diciembre de 2025, incluyendo ambos días, y podrán hacerlo a través del sistema informático “Mis Facilidades” con Clave Fiscal.

Sin embargo, quedan excluidos aquellos que hayan sido condenados por delitos tributarios, aduaneros o relacionados, así como las personas jurídicas cuyos directivos cuenten con condenas por estas transgresiones, siempre y cuando existan sentencias firmes y las penas no estén cumplidas. Igualmente, no podrán acceder los responsables solidarios y los garantes de obligaciones impositivas y aduaneras.

Las obligaciones que no están contempladas en este régimen incluyen retenciones y percepciones previsionales (salvo los aportes personales de trabajadores en relación de dependencia), anticipos y pagos a cuenta, el impuesto al valor agregado por servicios digitales y del exterior, y los aportes y contribuciones a obras sociales (salvo para monotributistas).

Tampoco se incluirán las cuotas a aseguradoras de riesgos del trabajo, aportes al régimen de empleados domésticos y rurales, impuestos internos sobre cigarrillos, cuotas de planes de facilidades de pago que se encuentren vigentes, tributos derivados de infracciones al régimen de equipaje aduanero, así como intereses, multas y demás accesorios relacionados con estos conceptos. El ministro de Economía, Luis Caputo, expresó en su cuenta de X que "creo que esta regularización que estamos anunciando vía ARCA, va a ser muy bien recibida, especialmente por las pymes". Además, adelantó que "en los próximos días estaremos bajando la tasa de interés resarcitoria del 4% al 2,75%".

[Fuente: Noticias Argentinas]

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