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YPF: ¿La defensa de Kicillof se olvida del sentido común y de la Constitución?

    

02/07/2025 | 14:31Redacción Cadena 3

FOTO: La defensa de Kicillof en el caso YPF: ¿olvidó el sentido común y la Constitución?

  1. Audio. YPF: ¿La defensa de Kicillof se olvida del sentido común y de la Constitución?

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El caso YPF promete ser un tema candente en la campaña electoral, un terreno donde se dirimirán responsabilidades y se pondrán bajo la lupa las decisiones de cada actor político. En este contexto, la defensa del gobernador Axel Kicillof sobre la expropiación de YPF en 2012 generó más dudas que certezas. Sus argumentos, aunque cargados de retórica soberanista, parecen chocar contra principios básicos de sentido común y, más importante aún, contra la propia Constitución Nacional.

Kicillof sostuvo que la ley de expropiación aprobada por el Congreso debe primar sobre el estatuto de una empresa como YPF. Este estatuto, común en muchas compañías a nivel global, establece que si el Estado adquiere el paquete accionario mayoritario, debe ofrecer las mismas condiciones a los accionistas minoritarios. Además, afirmó que la Constitución Argentina, que habilita expropiaciones, prevalece sobre cualquier fallo extranjero. Si bien esto último es cierto en teoría, el problema radica en cómo se llevó a cabo esa expropiación.

El artículo 17 de la Constitución Nacional es claro: la propiedad es inviolable, y una expropiación solo es válida si se declara la utilidad pública mediante una ley y se paga una indemnización justa a todos los propietarios, dejándolos en una situación patrimonial equivalente a la anterior. Aquí es donde la defensa de Kicillof tambalea. 

Para ilustrarlo, imaginemos un ejemplo sencillo: dos socios, uno con el 51% y otro con el 49% de un terreno, deciden vender al Estado para un proyecto público. El Estado compra el 51% al socio mayoritario, toma el control y luego cede parte del terreno a terceros, sin compensar al minoritario. Este, que no tuvo voz ni voto, ve su patrimonio reducido drásticamente. ¿Es esto justo? No. Es, en esencia, una confiscación parcial, algo que la Constitución prohíbe expresamente.

El caso YPF no es muy distinto. Tras la expropiación, las acciones de la empresa perdieron la mitad de su valor de la noche a la mañana, afectando a accionistas minoritarios que no tienen relación con los llamados "fondos buitres". Estos inversores, que confiaban en el estatuto de YPF, vieron sus derechos ignorados. 

El estatuto, lejos de ser un capricho, es una garantía de equidad: si el Estado toma el control y cambia el objeto de la empresa (por ejemplo, priorizando fines políticos como la "soberanía energética" o el control de precios de combustibles), los minoritarios deben tener la opción de vender sus acciones al mismo precio que los mayoritarios o permanecer en la compañía. Ignorar esto no solo vulnera el sentido común, sino también el espíritu del artículo 17.

Kicillof acusó al Gobierno actual de jugar a favor de los "fondos buitres" y de potencias extranjeras, pero su argumento desvía la atención del núcleo de la cuestión. No se trata solo de los buitres o de las presuntas maniobras del grupo Petersen, sino de un principio de justicia sustantiva: todos los propietarios, sin excepción, deben ser indemnizados justamente. Si una ley, aunque sancionada por el Congreso, no cumple los requisitos constitucionales, puede ser declarada inconstitucional. Y aquí, el proceso de expropiación de YPF parece haber fallado en garantizar esa equidad.

La defensa de Kicillof apela a la soberanía y a los intereses nacionales, pero omite un detalle crucial: el respeto por las reglas, tanto legales como éticas, es la base de cualquier sistema justo. Cambiar el propósito de una empresa para servir fines políticos, sin compensar adecuadamente a todos los afectados, no solo daña a los accionistas minoritarios, sino que socava la confianza en las instituciones y en el Estado de derecho.

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