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Rechazan que presos usen celulares en Bouwer en cuarentena

Lo resolvió la Justicia de Córdoba, ante un pedido para que los internos del complejo penitenciario puedan utilizar la telefonía móvil durante el aislamiento preventivo, social y obligatorio.

22/04/2020 | 23:39Redacción Cadena 3

El pedido fue rechazado (Foto ilustrativa)

FOTO: El pedido fue rechazado (Foto ilustrativa)

La Justicia de Córdoba rechazó hoy un pedido para que los internos de un complejo penitenciario puedan utilizar teléfonos celulares en el período de vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio nacional, en el marco de la pandemia del coronavirus, informaron fuentes judiciales, según citó la agencia de noticias Télam.

El Juzgado de Control 9 y la Cámara de Receso Judicial Extraordinario rechazaron los planteos al sostener que los internos “han tenido la posibilidad de realizar videollamada y han recibido en varias oportunidades tarjetas telefónicas para comunicarse con sus familiares y allegados”.

El fallo de los magistrados añade que “la emergencia sanitaria conlleva necesariamente consecuencias, no sólo extramuros, sino también para los internos y las internas, en tanto resiente la comunicación con la familia, amigos, allegados, curadores y abogados por la suspensión de las visitas a las cárceles”, pero que “se han tomado las medidas necesarias y acordes a las circunstancias actuales, a fin de garantizar la continuidad en la comunicación con el exterior durante esta contingencia”.

De acuerdo a la información suministrada desde el ámbito judicial, el abogado Iván Adolfo Mochkofsky había presentado recursos de “hábeas corpus correctivo” a favor de seis internos de la cárcel de Bouwer, para que se les conceda el beneficio del uso de teléfono celular, con el objetivo de que puedan “mantener un adecuado contacto con sus familiares”.

Entre los fundamentos, el letrado había planteado que ante la situación de emergencia sanitaria nacional por la pandemia del coronavirus el Estado tiene el deber y la responsabilidad de “garantizar los derechos humanos de las personas privadas de su libertad; debiendo adoptarse las medidas necesarias que la excepcional situación impone”.

En ese contexto añadió que el marco actual “anula toda posibilidad de contacto entre éstos (los presos) y sus seres queridos, además de dificultar de manera considerable la posibilidad de comunicación con los operadores de la Justicia, lo que lo lleva a asegurar que si el Estado no toma medidas a tales efectos y habilita canales alternativos y eficientes de comunicación, se estaría produciendo un agravamiento ilegítimo en las condiciones de detención”.

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