Justicia juvenil
05/09/2026 | 09:10
Redacción Cadena 3
El nuevo Régimen Penal Juvenil comenzó a regir este sábado 5 de septiembre en toda la Argentina y redujo de 16 a 14 años la edad de imputabilidad. La reforma permite juzgar a adolescentes por delitos cometidos desde esa edad y antes de cumplir los 18 años, dentro de un sistema específico.
La ley 27.801, publicada en marzo en el Boletín Oficial, reemplaza el régimen vigente desde 1980. Su finalidad es "promover la responsabilidad por los actos cometidos y favorecer la educación, la resocialización y la integración social de los adolescentes".
Entre los principales cambios, la normativa prohíbe la prisión y la reclusión perpetuas y establece un máximo de 15 años de privación de libertad, incluso cuando se juzguen varios delitos cuya escala penal supere ese límite.
Una vez cumplidos dos tercios de la condena en detención, el tribunal podrá disponer que el tiempo restante se cumpla mediante otras sanciones. Para ello, deberán reunirse las condiciones previstas para la libertad condicional, existir un dictamen pericial favorable y contar con la conformidad del Ministerio Público Fiscal. También deberá recabarse la opinión de la víctima.
La aplicación del régimen no supone que toda condena derive en encierro. Para delitos con penas previstas de hasta tres años de prisión, la ley establece su reemplazo por otras sanciones cuando se cumplan los requisitos legales.
/Inicio Código Embebido/
/Fin Código Embebido/Cuando la pena prevista supere los tres años y llegue hasta diez, el tribunal también podrá disponer alternativas, aunque bajo condiciones adicionales. Entre ellas, se evalúan la ausencia de muerte o violencia grave, los antecedentes y la existencia de otros procesos judiciales con procesamiento firme. La decisión requiere una evaluación pericial, la conformidad de la fiscalía y escuchar a la víctima.
Las sanciones incluyen prohibiciones de acercamiento o contacto con la víctima, restricciones para concurrir a determinados lugares, servicios comunitarios y reparación del daño. También se contempla la amonestación: un llamado de atención formal del juez, que deberá acompañarse con al menos otra de las penas previstas.
El régimen incorpora, además, el monitoreo electrónico, que podrá aplicarse como sanción autónoma o para controlar el cumplimiento de otras medidas. A su vez, prevé actividades educativas, capacitación laboral y acompañamiento interdisciplinario.
El seguimiento estará a cargo de supervisores especializados, designados por la Justicia para asistir al adolescente, controlar su evolución y verificar el cumplimiento de las pautas impuestas.
Cuando corresponda la privación de libertad, los adolescentes deberán permanecer en establecimientos especialmente acondicionados y con personal capacitado. Está prohibido alojarlos junto a personas adultas. Las modalidades previstas incluyen institutos abiertos, centros especializados de detención y arresto domiciliario.
/Inicio Código Embebido/
/Fin Código Embebido/La normativa también protege la identidad de los adolescentes imputados y prohíbe publicar nombres, apodos, domicilios, fotografías u otros datos que permitan identificarlos.
En cuanto a las víctimas, reconoce su participación en el proceso y el acceso a información sobre la causa. Además, establece la responsabilidad civil de los progenitores por los ilícitos cometidos por sus hijos, conforme a las condiciones del Código Civil y Comercial.
La puesta en marcha abre interrogantes sobre la capacidad del sistema judicial. Según informó Infobae, en algunos juzgados de menores prevén un aumento considerable de expedientes y expresan dudas sobre la disponibilidad de personal, infraestructura y dispositivos para cumplir con las nuevas exigencias.
Entre los puntos pendientes aparecen la provisión de pulseras electrónicas, la designación de supervisores y la coordinación con los procedimientos judiciales de cada provincia.
Para la implementación durante el año de entrada en vigencia, el Congreso asignó más de $23.739 millones. Mientras algunas provincias avanzaron con protocolos y proyectos de adecuación normativa, en el ámbito nacional continúan las conversaciones entre el Poder Judicial y el Ministerio Público Fiscal para unificar criterios de aplicación.
/Inicio Código Embebido/
/Fin Código Embebido/-
¿Qué es el nuevo Régimen Penal Juvenil? Es una reforma que comenzó a regir en Argentina, reduciendo la edad de imputabilidad de 16 a 14 años.
¿Quién promueve esta ley? La ley 27.801 fue publicada en el Boletín Oficial y busca promover la responsabilidad y la resocialización de los adolescentes.
¿Cuándo entró en vigencia? El régimen comenzó a regir el sábado 5 de septiembre.
¿Dónde se aplicará? Se aplicará en toda Argentina, en un sistema específico para adolescentes.
¿Por qué se implementa esta reforma? Para promover la educación, la resocialización y la integración social de los adolescentes que cometen delitos.
Te puede Interesar
Preocupación por la pobreza infantil
La Pastoral Judicial instó a que la privación de libertad sea una medida excepcional, alertando sobre la pobreza infantil y el avance del narcotráfico en el país.
Justicia juvenil
La titular de la Senaf Córdoba, Julia Reartes, detalló a Cadena 3 una inversión de $18.000 millones. Destacó el consenso legislativo y explicó que se evalúa qué áreas necesitan sumar profesionales.
Reforma
El abogado penalista y exjuez Eduardo Gerome explicó en Cadena 3 el alcance de las sanciones y advirtió que su cumplimiento requerirá controles, establecimientos adecuados y programas de reinserción.
Reforma
El 5 de septiembre entra en vigor la Ley 27.801 que reemplaza el sistema de 1980. Incorpora penas alternativas, responsabilidad civil de los padres y un máximo de 15 años de privación de libertad.