El juez de Garantías deberá fijar la fecha para el desalojo.
Las familias deberán dejar los terrenos usurpados.
Durante el desalojo se podrá recurrir a la fuerza pública.

Ocupación de tierras

Se ordenó el desalojo de los terrenos ocupados en Guernica

08/09/2020 | 16:55 | La Justicia penal de La Plata estableció que el procedimiento debe realizarse en horario diurno, "no pudiendo instrumentarse en condiciones climáticas adversas”. La toma abarca 15 hectáreas.

La Justicia penal de La Plata ordenó este martes el desalojo de las tierras tomadas en la localidad bonaerense de Guernica, partido de Presidente Perón, y estableció que el procedimiento debe realizarse en horario diurno, informó una fuente judicial.

La decisión fue adoptada por la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantía en lo penal, que ratificó el fallo del juez de Garantías de Cañuelas, Martín Rizzo.

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Los camaristas Raúl Dalto, Miriam Ermili y María Silvia Oyhamburu confirmaron el fallo del magistrado y ordenaron “el allanamiento para efectivizar el lanzamiento peticionado por el Ministerio Público Fiscal a los fines de hacer cesar los efectos del presunto delito que se estaría cometiendo”.

La decisión establece que “el desalojo colectivo deberá ejecutarse en fecha a determinar por el juez de Garantías, el cual deberá ser en horario diurno, desde que salga hasta que se ponga el sol no pudiendo instrumentarse en condiciones climáticas adversas”.

Para la diligencia “se podrá otorgar la facultad al agente fiscal de recurrir al auxilio de la fuerza pública", que deberá realizar el procedimiento "con el mayor cuidado de la integridad de las personas que ocupen el predio y de los bienes" y recurrir "al uso de la fuerza en caso en que resulte indispensable y en la menor medida posible”, determinó el fallo.

Además, establece que “deberá ser necesaria la presencia del servicio de asistencia médica, ambulancia, internación y/o traslado de las personas y otros que se requieran”.

También consignó que el juez “deberá ordenar se proceda a la desconexión de instalaciones precarias, clandestinas e ilegales que pudieren haberse realizado en el marco de la toma de los lotes”.

La cámara estableció también que “deberá notificarse al asesor de menores e incapaces interviniente, al igual que a todos aquellos organismos provinciales cuya presencia se considere necesaria, en particular los encargados de activar protocolos referidos a la pandemia derivada del Covid-19”.

La toma de las tierras, unas 15 hectáreas ubicadas en el fondo del barrio San Martín, habían provocado incidentes entre los ocupantes y algunos propietarios de campos cercanos que se acercaron al lugar para tratar de desalojar a las familias que allí se instalaron.

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