Otorgan hasta $7 millones para comerciantes saqueados (foto: Clarín)

Boletín Oficial

Otorgan hasta $7 millones para comerciantes saqueados: cuáles son los requisitos

29/08/2023 | 08:35

Aquellos establecimientos que se encuentren adheridos al Programa Precios Justos y cuenten con más de 50 empleados no podrán acceder al beneficio.

Redacción Cadena 3

El Ministerio de Economía dispuso otorgar una asistencia financiera de hasta $7 millones a los dueños de los comercios que sufrieron saqueos durante la semana pasada.

La decisión se formalizó por medio de la Disposición Conjunta 1/2023 de la Subsecretaría de Políticas para el Mercado Interno y la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Industria, publicada este martes en el Boletín Oficial.

"Apruébase la implementación de una medida de asistencia financiera a los titulares de los establecimientos que fueron víctimas de daños y/o robos sufridos en el marco de los acontecimientos de público conocimiento ocurridos entre el 19 y 25 de agosto de 2023, con la finalidad de apoyar la recomposición de su capital de trabajo y los bienes de capital afectados, necesarios para el normal desarrollo de sus actividades", según el texto oficial.

La medida rige desde este martes y tendrá vigencia hasta el 30 de septiembre de 2023.

El Palacio de Hacienda aclaró que la asistencia consistirá en el otorgamiento de Aportes No Reembolsables (ANRs) por hasta $7 millones por solicitante, que será determinado por el Comité Ejecutivo del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) y tendrá como destino la recomposición de la capacidad operativa de los solicitantes.

Además, aclaró que aquellos establecimientos que se encuentren adheridos al Programa Precios Justos y cuenten con una nómina mayor a 50 empleados no podrán acceder al beneficio.

A los efectos de acceder al Aporte, los establecimientos deberán acreditar ante el Comité Ejecutivo del FONDEP, mediante la presentación en la Plataforma Trámites a Distancia (TAD), la siguiente documentación:

-- Denuncia policial.

-- Certificación contable del registro del siniestro según el modelo que se pondrá a disposición en argentina.gob.ar/produccion/financiamiento.

-- Constancia de CBU certificada perteneciente al comercio que sufrió el siniestro.

-- Documentación probatoria adicional que resulte pertinente (sumario policial, fotos, videos, certificación provincial y/o municipal, documentación que acredite la titularidad del establecimiento, entre otros).

-- Formulario de Solicitud según el modelo que se pondrá a disposición en Argentina.gob.ar/producción/financiamiento.

-- Formulario de Información de Siniestro.

Economía justificó esta medida al señalar que es necesario "recuperar rápidamente recuperar el capital de trabajo y los bienes de capital que fueron sustraídos de la capacidad comercial de las víctimas de los eventos".

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