Estafas a las ART. (Foto ilustrativa generada con ART)

Justicia de Córdoba

Golpe a la "industria del juicio": ocho condenados en una megacausa por estafas a las ART

08/10/2026 | 11:13

Un médico y un abogado, sindicados como los cabecillas, recibieron penas de cárcel efectiva. 

Redacción Cadena 3

Juan Federico

En un fallo que tuvo alto impacto en la lucha contra la denominada "industria del juicio", la Justicia de Córdoba dictó sentencia en una extensa causa que investigó una red dedicada a defraudar a Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) mediante certificados médicos falsos. La resolución, conocida en las últimas horas, determinó severas condenas para los cabecillas de la organización y absoluciones parciales o totales para otros imputados.

En total, en el fallo que se conoció el lunes último en la Cámara 10° del Crimen (integrada por Juan José Rojas Moresi, Carlos Palacio Laje y Horacio Carranza), hubo ocho condenados, entre los que figuran abogados y médicos, y cuatro absoluciones.

La causa, que fue instruida en su momento por el fiscal Enrique Gavier, apuntó a una trama que afectó a decenas de expedientes laborales, involucrando a tres aseguradoras.

Ahora, en el juicio, la acusación estuvo a cargo del fiscal de Cámara Fernando López Villagra y su equipo.

Las penas más duras recayeron sobre los acusados de liderar y estructurar la asociación ilícita. El médico Ariel Gonzalo Ayub fue declarado "jefe y co-organizador de asociación ilícita", en concurso real con estafas procesales reiteradas y falsificación de certificados en nada menos que 248 expedientes laborales. Por estos delitos, el tribunal le impuso, por unanimidad, la pena de cinco años y 10 meses de prisión efectiva.

En un rol similar, el abogado Luciano Adolfo Cafure fue considerado "co-organizador" de la misma asociación ilícita, participando en maniobras que abarcaron 109 expedientes. La condena para él fue fijada, por mayoría, en siete años de prisión.

Por su parte, el también abogado Carlos Enrique Ardanaz fue condenado como miembro de la asociación ilícita, sumando estafas y falsificaciones en 118 casos. Su pena se estableció en cuatro años de prisión.

A todos los condenados se les impuso del cumplimiento efectivo de la pena, además del pago de multas y costas judiciales.

El fallo también alcanzó a otros involucrados con penas de prisión de ejecución condicional, pero con fuertes restricciones para el ejercicio profesional.

• El abogado Sebastián Lanza Castelli: fue condenado a dos años de prisión condicional por 18 casos. Se le impuso una inhabilitación por dos años para intervenir en demandas vinculadas a las ART.

El médico Sergio Locicero recibió tres años de prisión condicional. Sufrió la inhabilitación especial por dos años para emitir certificados o peritajes médicos en reclamos laborales por incapacidad ante aseguradoras.

Los abogados Emiliano Pérez Elorrieta y Mónica Soledad Pérez Elorrieta fueron condenados a un año y nueve meses, y un año de prisión condicional, respectivamente. Ambos fueron inhabilitados por dos años para realizar trabajos profesionales vinculados a las aseguradoras de riesgo.

Finalmente, el gestor Diego Luis Guillermo Flores Ahumada fue considerado miembro de la asociación y coautor en 177 casos, recibiendo tres años de prisión condicional.

La sentencia también dispuso distintas absoluciones, ya sea por hechos específicos contra ciertas aseguradoras o de manera total para algunos imputados. 

En ese sentido, el Tribunal determinó las absoluciones totales del abogado Telmo Alejandro López Dauria y de los médicos Daniel Conca Cattapan, Daniel Eduardo Nates y María Elvira Torres Mariano.

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