(Agencia NA-Redes).- Palacio de Tribunales

La quinta pata del gato

La reforma laboral, a los saltos, llega a la Corte

17/04/2026 | 10:48

   

Redacción Cadena 3

Adrián Simioni

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La reforma laboral, a los saltos, llega a la Corte

La reforma laboral llegó a la Corte Suprema a los saltos. No por un camino institucional ordenado, con instancias que se suceden y se revisan, sino empujada por un fallo que vuelve a poner en discusión un problema de fondo: el rol de los jueces frente a las leyes del Congreso.

El disparador fue la decisión del juez laboral Raúl Ojeda, quien suspendió la aplicación de la reforma a partir de una medida cautelar solicitada por la CGT. No resolvió si la ley es o no constitucional. Simplemente la frenó. Sin plazos, sin definiciones, sin horizonte claro.

Ese tipo de decisiones instala una incertidumbre delicada: mientras la cautelar esté vigente, no queda claro qué norma rige. Y cuando lo que está en juego es una ley del Congreso, la discusión deja de ser técnica y pasa a ser institucional.

El Gobierno decidió entonces recurrir al per saltum, un mecanismo excepcional para que la Corte intervenga directamente, salteando instancias intermedias. El argumento es claro: hay gravedad institucional. No se trata de un conflicto entre partes, sino de un juez que, con una resolución provisoria, deja en suspenso una ley votada por el Poder Legislativo.

Detrás de esa decisión aparece una crítica más amplia. La de jueces que actúan como “electrones libres”, que avanzan sobre leyes generales sin un caso concreto que lo justifique, y que, en los hechos, condicionan el funcionamiento de otros poderes del Estado.

Porque la cautelar no surge de un conflicto puntual —un despido, una controversia laboral específica— sino de un planteo abstracto. La CGT se arroga la representación de todos los trabajadores y cuestiona la ley en su conjunto. El juez, a su vez, responde con una suspensión general. El resultado es una norma aprobada que queda, en la práctica, neutralizada.

Ahí es donde el Gobierno sostiene que se rompe el equilibrio. Porque si cada ley puede ser frenada de este modo, el Congreso queda condicionado por decisiones cautelares que no resuelven el fondo de la cuestión.

El recurso del per saltum no es menor. Es una herramienta excepcional que altera el recorrido habitual de los expedientes. La Corte Suprema —Corte Suprema de Justicia de la Nación— solo interviene de este modo cuando considera que hay urgencia y un impacto institucional relevante.

No es la primera vez que ocurre. Hubo antecedentes en los años '90, durante el proceso de privatizaciones, y también en 2012, cuando la entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner impulsó su utilización en el marco de la Ley de Medios contra Clarín. De hecho, fue en ese contexto cuando se incorporó formalmente esta herramienta al sistema legal argentino.

Hoy, el escenario se repite, pero con otros protagonistas. Y con una pregunta de fondo que sigue sin resolverse: ¿Hasta dónde puede llegar un juez con una medida cautelar?

La respuesta, esta vez, la tendrá la Corte. Pero más allá del fallo, lo que está en juego es algo más profundo: la previsibilidad del sistema jurídico y el equilibrio entre los poderes del Estado. Porque cuando una ley queda suspendida sin definición, no solo se paraliza una norma. También se resiente la seguridad jurídica.

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Sorpresivo planteo

Lo hizo con un “per saltum”, recurso que busca una rápida respuesta del máximo tribunal en el marco del fallo que obtuvo la CGT. El planteo fue impulsado por la Procuración del Tesoro en representación de la Secretaría de Trabajo.

En Argentina

El abogado laboralista Julián De Diego dijo en Cadena 3 que "es altamente probable que se discuta la competencia y la continuidad del juez que está por ahora operando en esta causa".

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