Ezeiza será una de las dos vías de entrada autorizadas para turistas extranjeros.

Coronavirus en Argentina

Difundieron requisitos de ingreso para turistas extranjeros

26/10/2020 | 21:25 | Es para personas radicadas en los países limítrofes. Regirán desde el próximo viernes. Podrán entrar al país por dos vías: el aeropuerto de Ezeiza y la terminal de Buquebús en Capital Federal. En la nota, los detalles.  

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Difundieron requisitos de ingreso para turistas extranjeros

En el marco de lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 814/2020 de este domingo, que habilita el ingreso por turismo de nativos y extranjeros radicados en los países limítrofes desde la hora cero del viernes 30 de octubre, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) informó que dispuso habilitar dos vías para este fin: el Aeropuerto Internacional de Ezeiza y la terminal marítima de Buquebús, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Este DNU no modifica las condiciones de ingreso de argentinos y residentes en el país, que lo podrán seguir haciendo por vía aérea, marítima o a través de los cinco puestos terrestres actualmente habilitados.

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Según la resolución oficial, las personas extranjeras que ingresen al territorio nacional deberán presentar al momento de hacer el trámite migratorio una declaración jurada electrónica, que tendrá que ser completada indefectiblemente dentro de las 48 horas previas al embarque, un test PCR con resultado negativo y un seguro médico de Covid-19.

La directora Nacional de Migraciones, Florencia Carignano a Cadena 3 que en el caso de los argentinos y argentinas que ingresen al país en las mismas condiciones que los extranjeros de países limítrofes, es decir, por Ezeiza o la terminal de Buquebús, podrán optar por la realización de un test PCR o la cuarentena obligatoria, mientras que en los pasos fronterizos seguirá siendo obligatoria la cuarentena de 14 días.

En el caso de extranjeros, deberán cumplir sin excepción los tres requisitos y, en caso contrario, les será impedido el ingreso a la Argentina.

Todos aquellos extranjeros que ingresen al país estarán alcanzados por lo establecido en la Decisión Administrativa (DA) de Jefatura de Gabinete, que regula la actividad turística.

En tanto, las compañías aéreas y la empresa de transporte fluvial que operan en el tránsito de extranjeros deberán exigir el cumplimiento de las medidas establecidas antes del embarque de las personas. De no hacerlo, correctamente será plausible la aplicación de multas.

Las medidas de seguridad sanitaria obligatorias vigentes en todos los ingresos al país, consistentes en distanciamiento social, toma de temperatura, utilización de barbijos, en otras, siguen en plena vigencia.

Informe de Alejandro Bustos.

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