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Mesa de Café

Para la ley, la identidad de género no depende de la edad

Gabriel Tavip, juez de familia de Córdoba y especialista en el tema, dialogó en Mesa de Café y se refirió a los casos en que niños piden cambio de sexo a partir de un cambio en su autopercepción. 

15/10/2019 | 14:39

Tito, un niño de cinco años, realizó su cambio de género en el registro civil de Mar del Plata y se convirtió en el primer nene en hacer ese trámite. Cuando tenía dos años, él ya había manifestado su disconformidad por tener genitales femeninos.

Tito es sólo uno de los casos de niños y niñas que expresan su deseo de cambiar su condición sexual y que, gracias a la ley de identidad de género, han podido cumplir ese anhelo.

Según el artículo 4 de la misma, toda personas que pida la rectificación registral del sexo, cambio de nombre de pila o imagen, deberá: ser mayor de 18 años, presentar su solicitud ante el Registro Nacional de las Personas y expresar su nuevo nombre de pila.

Pero, ¿qué sucede con los niños que son menores de 18 años? Esta pregunta es contestada por el artículo 5 en el que se explica que la solicitud "deberá ser efectuada a través de sus representantes legales y con expresa conformidad del menor, teniendo en cuenta los principios de capacidad progresiva e interés superior de niñas, niños y adolescentes".

Sin embargo, los interrogantes continúan dando vueltas alrededor del tema, cuestionando a partir de qué edad un niño puede manifestar su autopercepción y un juez debe aceptar su solicitud.

En este contexto, Miguel Clariá dialogó con Gabriel Tavip, juez de familia de Córdoba y especialista en derecho de familia quien afirmó que cada caso se analiza individualmente y que la "madurez" acerca de la identidad sexual no depende de la edad.

Lo que fuimos viendo a lo largo de los años es que un niño no adquiere esa capacidad a penas cumple los 18 años. La madurez de cada niño se da de manera diferente en cada etapa y lo que hay que ver es si está o no facultado para tomar una decisión definitiva como esta

Durante el proceso que se abre en cada uno de estos casos, intervienen una serie de equipos técnicos que son los que "auxilian" a los jueces en su decisión.

"No podemos definirlo desde nuestra ideología o posición, tenemos que recurrir a estos equipos para tomar estas decisiones. Ellos nos dan luz sobre el tema para tomar la decisión. Cabe recordar que los casos que llegan a la Justicia son aquellos en que los progenitores e hijos no se ponen de acuerdo", dijo.

La norma habilita la decisión salvo que el registro civil o la familia entienda que el niño no tiene el grado de maduración suficiente

En San Juan, un niño de 9 años se paró al frente de sus compañeros, durante una clase de Educación Sexual Integral (ESI), para pedirles que lo acepten con identidad femenina.

Ante esto, el especialista afirmó que estas cuestiones siempre ocurrieron y que salieron a la luz gracias a la ley.

"Ese niño es la ley. Lo que hace una ley es visibilizar lo que siempre se ocultó. Durante muchos años, los niños sufrieron en sus casas ocultándose, flagelándose de diferentes formas porque no podían asumir públicamente lo que eran", expresó.

Ahora, gracias a una ley que habilita y visibiliza, estas cosas no se ocultan. Ese es el valor simbólico de esta ley

Entrevista de Miguel Clariá

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