La mujer había iniciado una acción contra Afip (Foto ilustrativa)
La mujer había iniciado una acción contra Afip (Foto ilustrativa)
Gentile: "Se trata de una medida cautelar".

Córdoba

La Justicia falló a favor de una jubilada por Ganancias

08/10/2019 | 19:25 | Dictó la inconstitucionalidad del impuesto sobre la jubilación de la mujer, que había iniciado una acción contra Afip. La Corte ya había emitido sentencias al respecto. Es la primera cautelar que se otorga en la provincia.

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La mujer había iniciado una acción contra Afip (Foto ilustrativa)

La mujer había iniciado una acción contra Afip (Foto ilustrativa)

Gentile: "Se trata de una medida cautelar".

La Justicia ordenó a la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba a abstenerse de retener el impuesto a las Ganancias a una jubilada que había iniciado acciones legales contra Afip en mayo pasado.

La Sala “A” de la Cámara Federal De Córdoba revocó este martes la resolución de primera instancia emanada del Juzgado Federal de Córdoba 1, por el que se rechazaba la medida cautelar solicitada por la jubilada.

La misma consistía en el cese de la retención del tributo hasta que se resuelva sobre el fondo de la cuestión planteada, es decir, mientras dure el litigio. 

Eric Cross, quien es junto a Horacio Gentile uno de los abogados de la mujer, Susana Avancini, dijo a Cadena 3 que se trata de "una medida cautelar, la primera que otorgan en Córdoba y la tercera en el país con la que se solicita el cese a la retención de Ganancias de una jubilada".

Se trata de una medida cautelar, hemos pedido que mientras se tramita el juicio no se le descuente, y estamos haciendo juicio para que le devuelva lo de los años anteriores

"Tenemos más de 50 causas iniciadas en el estudio. Al igual que pasa en los miles de juicios contra Anses, hasta que el Congreso no legisle al respecto la única vía que tiene el jubilado es la judicial para evitar la retención del impuesto", agregó.

"El juicio es contra la Afip, ellos deben comunicarle a la Caja de Jubilaciones de Córdoba que no deben retenerle más (el impuesto a las Ganancias)", indicó Gentile.

Aclaró, además: "Se trata de una medida cautelar, hemos pedido que mientras se tramita el juicio no se le descuente, y estamos haciendo juicio para que le devuelva lo de los años anteriores".

"La Corte exhorta al Congreso de la Nación a dictar una ley que resuelva este problema, desde el 2005 hay más de 70 casos de exhortación de la Corte y otros tribunales superiores del país y el Congreso no le hizo caso", recordó.

El Tribunal de alzada entendió que se reunían los requisitos para la procedencia de la cautelar solicitada, ello en función de los lineamientos establecidos por la Corte en un caso previo, atendiendo la obligatoriedad de los tribunales inferiores de seguir los precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en casos análogos.

En definitiva, se ratificó la inconstitucionalidad de la retención del impuesto a las Ganancias en lo que respecta a los beneficios previsionales.

Informe de Federico Albarenque, Andrés Carpio y Eugenia Pasquali.