"La lista te sindica como delincuente", dijo Cornejo

Crisis económica

Para abogado, los mencionados pueden demandar al Central

27/09/2019 | 21:20 | Emilio Cornejo, especialista en derecho cambiario, dijo a Cadena 3 que quienes figuraron en la lista por haber superado el límite para extraer dólares podrán accionar por daños y perjuicios. 

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"La lista te sindica como delincuente", dijo Cornejo

Emilio Cornejo, abogado penalista especialista en derecho cambiario, señaló en diálogo con Cadena 3 que los mencionados como infractores al límite de extracción de dólares (10 mil) en la lista que publicó el Banco Central podrán iniciar acciones legales contra la entidad.

"Uno puede iniciar una acción perfectamente por daños y perjuicios. Sobre todo si el día de mañana se logra una sentencia favorable. Cuánto afecta esto la reputación a una persona hoy en día por el mero hecho de salir publicado en una lista con consecuencias penales", argumentó.

Y amplió: "Hoy los bancos, proveedores o socios, si tenés una causa penal, o no te dan el crédito o no realizan operaciones; esto les pasa a muchos clientes. Es una lista en la que te están sindicando como delincuente".

Cornejo explicó en ese sentido que los que figuran en la lista son sindicados de haber incumplido la Ley Penal Cambiaria (19.359), que castiga todas las infracciones al régimen de cambios. Esta sería una de ellas. Apuntó que funcionaba durante el gobierno de Cristina Kirchner con el cepo cambiario.

El proceso que "debería haber seguido" el Banco Central

El especialista detalló que el Central tiene que iniciar una inspección, notificar a la persona presuntamente infractora y luego iniciarle un sumario. Una vez comenzado el proceso, la persona tiene facultades para ir y defenderse.

"El Banco Central no está capacitado para emitir sentencias o imponer multas. Una vez terminada la investigación y presentado el descargo de la persona involucrada, la entidad tiene que girar los datos al juzgado Penal Económico en Buenos Aires o los juzgados federales en el interior. Los jueces definen imponer una sanción o no", aclaró.

Las sanciones son multas que pueden ser hasta 10 veces el valor de la infracción. Si alguien en este caso compra 12 mil dólares, la multa que le puede caber es un máximo de u$s 20 mil y un mínimo de u$s 2 mil.

Cornejo consideró que las personas que superaron el monto máximo pudieron hacerlo porque los bancos "tardaron en conectar el sistema informático que tenga en cuenta que si uno compra en un banco, si al día siguiente lo intenta en otro no puede".

Y concluyó: "La difusión de esta lista me parece que tiene un sentido disuasorio, que no es lo correcto, porque como se sabe, todos son inocentes hasta que no se demuestre lo contrario".

Entrevista de Alejandro Bustos.