Nuevas regulaciones sobre silenciadores y miras nocturnas para armas en Argentina

Regulaciones para armas en Argentina

Nuevas regulaciones sobre silenciadores y miras nocturnas para armas en Argentina

13/08/2026 | 08:25

El Gobierno actualiza las normativas para la tenencia, registro y uso de silenciadores y miras nocturnas, y establece nuevos procedimientos para armas heredadas y portación de armas de guerra.

Redacción Cadena 3

Buenos Aires, 13 de agosto (NA) -- El Gobierno de Argentina ha implementado nuevas regulaciones relacionadas con la tenencia de silenciadores, moderadores de sonido y miras nocturnas para armas de fuego. Esta medida fue oficializada mediante la Resolución 48/2026 del Registro Nacional de Armas (RENAR), publicada en el Boletín Oficial, y también introduce procedimientos para el registro de armas heredadas y para la solicitud de portación de armas de guerra.

La Resolución aborda los cambios introducidos por el Decreto 306/2026, que clasifica como materiales de uso civil condicional a los "supresores o moderadores de sonido" y a los "dispositivos o miras nocturnas que se pueden acoplar a un arma de fuego para permitir el tiro en la oscuridad".

Se establece que los usuarios legítimos de armas de uso civil condicional podrán solicitar autorización para la tenencia de estos materiales, ya sea por adquisición, introducción definitiva o transferencia, siempre que dichos materiales hayan sido registrados después de la vigencia de esta nueva normativa. Para ello, deberán acreditarse como miembros de una entidad de tiro autorizada o presentar una licencia de caza vigente emitida por la autoridad competente.

Además, se requiere que los solicitantes declaren el material controlado respecto del cual piden la autorización, demostrando que poseen armas de fuego compatibles con los dispositivos o miras nocturnas que desean registrar. La registración de estos materiales será independiente de las armas que ya estén registradas a nombre del solicitante, aunque el RENAR podrá verificar la compatibilidad técnica y funcional entre el dispositivo y las armas del usuario.

En otro aspecto, la Resolución menciona que la fabricación, importación, exportación y comercialización de estos dispositivos solo podrá ser realizada por usuarios comerciales inscriptos ante el RENAR y habilitados en el rubro correspondiente.

Aspectos sobre armas heredadas y de guerra

En el caso de las armas heredadas, se establece que aquellos que se declaren herederos sin una declaratoria judicial y busquen registrar la tenencia de materiales controlados previamente registrados a nombre del causante deberán contar con su condición de legítimo usuario vigente. También deben presentar documentación que acredite el vínculo familiar con el causante y completar la solicitud de tenencia correspondiente.

Respecto a las armas de guerra, las solicitudes de autorización de portación formuladas por usuarios individuales de armas de uso civil condicional serán tramitadas exclusivamente para aquellos materiales cuya tenencia esté registrada a nombre del solicitante. Los usuarios colectivos, como agencias de seguridad o entidades bancarias, seguirán bajo su normativa específica.

Para obtener la autorización de portación individual de armas de guerra, el solicitante debe contar con la condición vigente de legítimo usuario, tener autorización de tenencia vigente para el arma solicitada y presentar documentación que acredite su identidad y aptitud psicofísica, según los estándares establecidos por el RENAR.

Lectura rápida

¿Qué cambios se implementaron?
Se establecieron nuevas condiciones para la tenencia y registro de silenciadores, moderadores de sonido y miras nocturnas.

¿Quiénes pueden solicitar la tenencia?
Los usuarios legítimos de armas de uso civil condicional pueden solicitar la autorización.

¿Qué requisitos se necesitan para armas heredadas?
Se debe contar con la condición de legítimo usuario y acreditar el vínculo con el causante.

¿Qué pasa con las armas de guerra?
Las solicitudes de portación serán tramitadas solo para armas registradas a nombre del solicitante.

¿Quién puede comercializar estos dispositivos?
Solo usuarios comerciales inscriptos ante el RENAR pueden fabricar o comercializar estos materiales.

[Fuente: Noticias Argentinas]

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