Tomás Méndez deberá indemnizar al demandante (archivo).

Sentencia

La Corte falló contra el periodista Tomás Méndez en una demanda de un empresario

23/04/2024 | 20:53

Declaró inadmisible un planteo del comunicador cordobés en una acción por daños y perjuicios, iniciada por René Horacio Fritzler. El conductor había desacreditado títulos de tierras y generó sospechas de narcotráfico.    

Redacción Cadena 3

Federico Vásquez

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró este lunes como inadmisible un planteo del periodista Tomás Méndez y los productores Miguel Ponce de León y Guillermo Bahr, en el marco de una demanda iniciada por el empresario René Horacio Fritzler.

Fritzler demandó al periodista y a los dos productores del programa televisivo “ADN”, que se transmitía por Canal 10 de Córdoba. En una de las emisiones, Méndez se refirió a títulos inmobiliarios de tierras “truchos”, que habría adquirido el empresario en La Rinconada, en el departamento Río Seco. Para sostener sus dichos, realizó entrevistas de pobladores y presuntos damnificados, que no quisieron mostrarse en cámara para evitar ser reconocidos.

La demanda también señalaba que Méndez generó sospechas sobre actividades de narcotráfico al mencionar la existencia de una pista de aterrizaje en un campo de Fritzler. “No creo que llegue soja en avioneta”, indicó en su programa.

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La Cámara Civil de Córdoba revocó la decisión de primera instancia (que había rechazado la demanda), hizo lugar al reclamo y condenó a los demandados a indemnizar a la parte actora y a retractarse en algún espacio comunicacional que posean en la actualidad, toda vez que el ciclo “ADN” no se emite más por la señal local.

Contra esa decisión, los condenados presentaron un recurso de casación ante el Superior Tribunal de Córdoba, que fue desestimado.

Llegado el caso al máximo tribunal del país, la Corte, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenktranz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, desestimó el planteo.

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