Fiscal consideró una violación en grupo como un "desahogo sexual" (FOTO: Infomercury)

Polémica en Chubut

Fiscal calificó una violación grupal como "desahogo sexual"

03/06/2020 | 18:50 | Sucedió en Rawson. Se trata del funcionario judicial Fernando Rivarola, quien bajó la carátula de “abuso con acceso carnal” a “abuso sexual simple”. El Ministerio Público Fiscal asegura que la expresión fue “sacada de contexto”. 

El fiscal de Rawson, Fernando Rivarola, causó indignación tras calificar como  "desahogo sexual" a la violación en "manada" de cinco jóvenes en contra de una joven de 16 años en la ciudad de Puerto Madryn, Chubut.

Además, acordó con los abogados defensores la realización de un juicio abreviado y sobreseyó a otro de los imputados. La pena será de tres años en suspenso, por lo que ninguno de los cinco acusados irá preso por delito cometido. 

La argumentación del fiscal Rivarola es que se trató de un “accionar doloso de desahogo sexual”, lo cual causó tal indignación que la definición "desahogo sexual" fue una de las tendencias principales en Twitter durante la jornada de este miércoles.

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El caso, conocido mediáticamente como "La manada de Chubut", había sido denunciado por la víctima a través de las redes sociales a principios del año pasado, pero recién llegó a los Tribunales en agosto del 2019.

Los cinco jóvenes habían sido acusados de drogar y abusar sexualmente de la joven durante una fiesta del Día de la Primavera en Playa Unión en 2012.

Se aguarda la decisión del juez penal Marcelo Nieto di Biase sobre si aceptará el pedido para el juicio abreviado de Ezequiel Quintana, Leandro Del Villar y Luciano Mallemaci.

El descargo del Ministerio Público Fiscal de Chubut en un comunicado

Recientemente trascendió una frase atribuida el fiscal Fernando Rivarola, cambiando el sentido de los términos, sacados de contexto, sobreexponiendo a la víctima y poniendo en riesgo aspectos cruciales del proceso penal.

El Ministerio Público Fiscal asiste a la víctima a través del SAVD, desde el comienzo de la investigación. Se trata de una joven, menor de edad, amparada por el derecho a la intimidad, al resguardo de su identidad y a la reserva de todas las actuaciones judiciales. En paralelo, tanto ella como su familia reciben detallada información del proceso, participan de las decisiones procesales, reciben protección y asistencia victimológica. Toda decisión asumida por la Fiscalía ha sido consensuada con ella.

En la investigación en cuestión además de la víctima, también algunos los agresores son menores de edad imputables. Esto quiere decir que en caso que el Ministerio Público Fiscal demuestre su responsabilidad penal en este hecho, serían declarados penalmente responsables y se le impondrá la sanción que la ley prevé para los menores que delinquen. La ley establece que no puede darse a conocimiento público su identidad.

“Desahogo sexual doloso”

En palabras simples, el abuso sexual es justamente un conducta que busca el desahogo sexual del autor sabiendo que lo hace sin el consentimiento de la víctima, que va a cometer una ataque sexual, que se trata de un delito, y consciente de ellos avanza sin consideración del daño que va a provocar en esta. Eso es dolo. Por eso, en el contexto de una exposición, el uso de la frase "desahogo sexual doloso", resume lo que escribimos en varios renglones al comienzo de este párrafo, fundamentalmente si se hubiera utilizado en el contexto de audiencias o escritos reservados a los que solo debieran acceder profesionales del derecho que conocen el alcance el término dolo. En las audiencias orales y públicas, la Fiscalía en particular y los operadores del sistema penal en general, procuran en sus planteos y resoluciones, aclarar los términos legales para que se comprendan por quienes no son abogados.


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