Cambios en protocolos de seguridad ante amenazas en escuelas por redes sociales

Seguridad

Amenazas en escuelas por redes: cambios en el protocolo de fuerzas de seguridad

29/07/2026 | 07:19

Uno de los puntos salientes es que se prohíbe "el tratamiento sin autorización judicial de datos sensibles y de las publicaciones" efectuadas por menores.

Redacción Cadena 3

Buenos Aires, 29 julio (NA) – El Ministerio de Seguridad, liderado por Alejandra Monteoliva, ha implementado una modificación fundamental en los protocolos de actuación policial en relación a los delitos informáticos y el creciente número de amenazas de violencia masiva en escuelas difundidas a través de redes sociales. Esta medida establece que se prohíbe "el tratamiento sin autorización judicial de datos sensibles y de las publicaciones efectuadas por niñas, niños y adolescentes" sin la correspondiente orden judicial.

La resolución, identificada como 725/2026, fue publicada en el Boletín Oficial y, según informa la Agencia Noticias Argentinas, busca responder al aumento de los ciberdelitos, que constituyen "una manifestación delictiva en constante expansión que afecta cada día a más personas, economías y sistemas críticos". Por ello, se hace necesario establecer mecanismos coordinados y proactivos para la investigación por parte de las fuerzas de seguridad federales.

El documento destaca que el incremento de casos de amenazas de violencia masiva en instituciones educativas, promovidas en plataformas digitales, ha evidenciado la insuficiencia de la normativa actual para abordar situaciones de urgencia. Esta situación exige una actuación preventiva rápida por parte de las fuerzas policiales.

En este contexto, se ha decidido sustituir un inciso del artículo 3° de la resolución anterior del Ministerio de Seguridad, del 27 de mayo de 2024, estableciendo que "el personal policial interviniente deberá ajustarse a lo normado en la Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326 y sus modificatorias".

El texto aclara que "queda expresamente prohibido el tratamiento sin autorización judicial de datos sensibles y de las publicaciones efectuadas por niñas, niños y adolescentes. Cuando surja la certeza o presunción de que la tarea de prevención policial del delito en el espacio cibernético se esté desarrollando ante un menor de edad, se suspenderá y dejará constancia de ello en el libro de registro con aviso a la autoridad responsable de la tarea".

La resolución también menciona que esta suspensión no será aplicable en ciertos casos, como cuando exista riesgo de vida para el menor, indicios de desamparo o situaciones autolesivas. Además, se contempla la continuidad de la acción si el menor es presunta víctima de un delito que se esté cometiendo en tiempo real en el ámbito digital, lo que pone en riesgo su prevención o identificación del autor.

En todos los casos excepcionales mencionados, el personal deberá documentar las circunstancias que justifican la continuidad de la intervención, informando de inmediato a la autoridad competente.

Lectura rápida

¿Cuál es la nueva normativa?
Se prohíbe el tratamiento sin autorización judicial de datos sensibles de menores en investigaciones policiales.

¿Quién emitió la resolución?
La resolución fue emitida por el Ministerio de Seguridad a cargo de Alejandra Monteoliva.

¿Qué motivó los cambios?
El aumento de amenazas de violencia en escuelas a través de redes sociales y la necesidad de proteger a los menores.

¿Cuándo fue publicada la resolución?
La resolución fue publicada el 29 de julio de 2026 en el Boletín Oficial.

¿Qué situaciones excepcionales se contemplan?
Se permiten intervenciones sin autorización judicial en casos de riesgo de vida o situaciones de desamparo de menores.

[Fuente: Noticias Argentinas]

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