Fallo en el norte
04/09/2025 | 11:13
Redacción Cadena 3
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La Justicia de Salta habilitó las tobilleras electrónicas para menores procesados
En un fallo sin precedentes, la jueza de primera instancia en lo Penal y Juvenil de Salta, Tatiana Dip, resolvió declarar la inconstitucionalidad de una norma que excluía a adolescentes procesados del uso de tobilleras electrónicas, un dispositivo hasta ahora reservado solo para adultos.
La decisión, que responde a un planteo conjunto del Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público Pupilar, habilita la colocación de estos dispositivos de monitoreo electrónico a menores en conflicto con la ley penal, marcando un hito en la Justicia juvenil.
La presentación judicial, impulsada por fiscales de la provincia, buscaba garantizar que los adolescentes bajo arresto domiciliario, especialmente en casos de violencia sexual intrafamiliar, cumplan con las restricciones impuestas sin salir de sus hogares.
La jueza Dip explicó a Cadena 3 que esta resolución "sienta un precedente clave" al priorizar medidas alternativas a la detención en centros especializados, promoviendo la resocialización y evitando la estigmatización de los jóvenes.
/Inicio Código Embebido/
/Fin Código Embebido/La jueza precisó que el Protocolo de Actuación Unidad de Arresto Domiciliario por Monitoreo Electrónico se contrapone con la Ley Provincial 8097/18 y la 8389/23 que dieron nacimiento al sistema penal juvenil que en el capítulo sobre “medidas asegurativas del proceso” otorga al magistrado la facultad de ordenar el arresto domiciliario “con o sin consigna policial, o la aplicación de un dispositivo electrónico de control”.
La magistrada destacó que el uso de tobilleras electrónicas fomenta la reinserción social al mantener a los jóvenes en entornos controlados sin interrumpir su derecho a la educación.
El Ministerio de Justicia y Seguridad de Salta será el encargado de realizar un relevamiento para garantizar la disponibilidad de tobilleras electrónicas.
Consideró que por el carácter resociabilizador del Régimen Penal Juvenil “se debe priorizar una medida superadora y eficaz que permita al adolescente –dentro del cumplimiento de su alojamiento preventivo- su desarrollo socioeducativo evitando la estigmatización con la presencia policial en su desarrollo cotidiano”.
Esta resolución no solo amplía el acceso a herramientas de monitoreo, sino que refuerza el rol de la Justicia salteña con un enfoque más humano y educativo en el tratamiento de jóvenes en conflicto con la ley.
/Inicio Código Embebido/
/Fin Código Embebido/Informe de Elisa Zamora.
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