Cuestionan el carácter de servicio público en las telecomunicaciones

Medidas por DNU

Telecomunicaciones: críticas al carácter de servicio público

24/08/2020 | 15:07 | Pablo Agüero Piñero, abogado y profesor en Derecho Administrativo en la UNC indicó que el problema no fue el congelamiento de tarifas, sino imponer un régimen poco pragmático a la actividad.

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Cuestionan el carácter de servicio público en las telecomunicaciones

El abogado y profesor en Derecho Administrativo de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC); Pablo Agüero Piñero, se refirió al congelamiento por cuatro meses en los precios de telefonía fija y móvil, Internet y TV paga y explicó que “el decreto ya está rigiendo” y “los cambios ya son operativos”.

En ese sentido advirtió que, pese a las quejas de la oposición y los cuestionamientos, mientras el decreto no sea derogado de manera expresa continuará rigiendo.

En este marco, Agüero Piñero opinó que, al estar funcionando el Congreso, “no había necesidad de sacar un DNU” y consideró que, aunque puede ser urgente el congelamiento de precios, se podría haber hecho sin efectuar las otras modificaciones.

“El Estado había prohibido el corte de esos servicios por falta de pago y no era necesario en este momento esquivar el trámite normal en el Congreso para efectuar cambios”, alertó en diálogo con Cadena 3.

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En ese sentido, señaló que este nuevo DNU “ha hecho cambios importantes en cuanto a la legislación de fondo y le ha devuelto el carácter de servicio público en cuanto a todo el tema de las TICs”.

En esa línea manifestó que “es cuestionable lo de imponer un régimen de servicio público a una actividad que se puede efectuar en libre competencia”.

La Constitución establece que los consumidores y usuarios tienen que tener libertad de elección y fomentar la competencia en todos los lugares donde no se imponga un monopolio”, subrayó.

Para el especialista el gran problema es que “fueron más allá del congelamiento de precios” y con el DNU “se restituyó el carácter de servicio público y competencia que crea normas y le deniega al ente regulador la potestad de reglamentar la prestación básica universal obligatoria”.

Imponer un régimen a una actividad tan dinámica es insólito y poco pragmático

“En este tema hay que ser bien pragmático, no dogmático. Lo dogmático no sirve porque lo que interesa es el servicio que se le presta al usuario y al consumidor, y asegurar un servicio bueno y eficaz a los consumidores y usuarios. Eso se realiza con mayor competencia, transparencia y esa es la función que debe tener el ente regulador”, concluyó.

Entrevista de Fernando Genesir.

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