La Corte definirá el pago de los juicios a los jubilados

Reajuste de haberes

La Corte definirá el pago de los juicios a los jubilados

14/11/2018 | 14:50 |

El periodista especializado en economía, Ismael Bermúdez, dijo a Cadena 3 que el máximo tribunal deberá definir entre dos índices, para pagar el reajuste a los jubiladores que ganaron los juicios. 

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Ismael Bermúdez, periodista del diario Clarín especializado en economía, explicó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación definirá qué índice deberá utilizar la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) para aplicar el reajuste a los jubilados que le ganaron el juicio por la liquidación de haberes.

La Corte Suprema anunció que el próximo 18 de diciembre emitirá un fallo sobre el caso testigo de Luis Blanco.

“La Corte tiene que decidir cuál es el índice de reajuste que tienen que tener estas jubilaciones que durante un gran período inflacionario no tuvieron ningún tipo de movilidad y, por lo tanto, fueron jubilaciones que salieron con un haber muy bajo”, indicó Bermúdez a Cadena 3.

Señaló, además: “Distintos fallos de la Cámara de la Seguridad Social dijeron que a esos jubilados que iniciaron juicio se les tiene que reajustar el haber y pagar la retroactividad desde dos años antes que iniciaran el juicio en base al índice que estaba vigente”.

“Anses apeló en todos esos casos y quiere que se aplique un índice inferior y la diferencia es muy pronunciada. En el caso de Blanco, con el fallo de la justicia le corresponde un 31% más de lo que quiere pagar el Anses, y la retroactividad por esos años en que estuvo cobrando de menos hace una diferencia del 50%; es mucho dinero el que está en juego”, describió.

La Corte debe decidir si se aplica el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (Isbic) o, como quiere la Anses, el índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).

“En la ley de Reparación Histórica se les ofrecía a los que estaban en juicio aplicarles este índice Ripte, hay muchos jubilados que no aceptaron y quisieron cobrar de acuerdo a la sentencia, porque Anses les ofrecía menos de lo que decía la sentencia”, advirtió.

En ese sentido, precisó: “La Cámara ha dicho que si el jubilado rechazó la oferta de la Anses del índice Ripte, ahora Anses no puede aplicar de manera obligatoria ese índice (menor al que marcó la justicia), si el jubilado lo hubiera aceptado quedaba levantado el juicio y con su acuerdo podía pagarle”.

Bermúdez detalló que se trata de 150 mil juicios y que “Anses estaría pagando lo que no pagó durante todos estos años, el que ha sufrido es el jubilado”.

Informe de Fernando Genesir y Adrián Simioni.