Aclaran que el freno al tarifazo es una acción preventiva

Incremento de tarifas

Aclaran que el freno al tarifazo es una acción preventiva

17/04/2018 | 14:42 |

Lo dijo a Cadena 3 la abogada que representa a comerciantes de la localidad santafesina de San Cristóbal, que lograron que la justicia frenara el pago de boletas de luz con más del 75% de aumento.

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Viviana Schiavi, abogada que representa a los comerciantes de la localidad santafesina de San Cristóbal, que lograron que la justicia provincial frenara el pago de boletas de electricidad con un un alto incremento, dijo que se trata de una acción preventiva colectiva que no resuleve la cuestión de fondo.

“Esto fue, en principio, un movimiento que inicia el centro comercial de San Cristóbal, preocupados por el exceso o desproporción en la tarifa de luz, y se convocó a una reunión, donde surgió la necesidad de iniciar algo para frenar este aumento desmedido”, contó la letrada a Cadena 3.

Explicó, además: “La presidenta del centro comercial, en forma personal y en su carácter de comerciante, y otros, promovieron esta acción en forma personal como comerciantes y como usuarios residenciales, para solicitar que se revea esa boleta de luz y que todas las que hayan sufrido un aumento del 75% en relación al mismo período del año pasado o en la última medición sin los aumentos, se retrotraigan a ese momento“.

“Esta es una acción preventiva colectiva donde le estamos pidiendo a la jueza que frene el tarifazo y nos haga pagar la boleta de acuerdo al año anterior o a la última sin los aumentos, más el 20% de inflación; la medida no va a resolver el tarifazo, luego habrá que promover otras acciones”, indicó.

Detalló, asimismo: “Al iniciar esta acción preventiva colectiva el juzgado la reconduzco dentro de los parámetros de la ley 10.000, que en su artículo 8 establece una medida cautelar automática para el actor”.

“Una vez que se notifica a la empresa de energía (EPE), ésta puede comparecer al proceso, oponerse a la medida cautelar y ofrecer pruebas para ello, tendrá que demostrar un daño importante, algún fundamento para que la jueza revoque la medida”, señaló.

Aclaró, asimismo: “Esto vale para los comerciantes o residenciales con una boleta de luz con un aumento del más del 75%”.

Entrevista de Resumen 3.