Córdoba
25/08/2025 | 07:31
Redacción Cadena 3
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Seguridad privada: el marco normativo y la responsabilidad que rige a empresas
El director de Control y Gestión de Seguridad Privada del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Córdoba, Franco Fajardo, explicó el marco normativo y las responsabilidades que rigen a las empresas y vigiladores del sector, en el contexto de la ley 10.571.
En diálogo con Cadena 3, Fajardo enfatizó los alcances, requisitos y controles que su dirección lleva adelante para garantizar el cumplimiento de las normativas.
Según explicó Fajardo, "los prestadores de servicios de seguridad privada solo pueden actuar en ámbitos o sitios privados y privados de acceso público, como shoppings, bancos, supermercados, bares, edificios, ferias habilitadas o eventos deportivos y culturales". Excepcionalmente, se pueden habilitar áreas abiertas concesionadas, pero aclaró que "la seguridad en la vía pública es competencia exclusiva de la policía, y el espacio público lo regula el municipio". El director destacó que su área tiene como tarea principal "habilitar y renovar empresas de seguridad privada y a sus vigiladores".
Las empresas son responsables de tramitar la habilitación y renovación de sus empleados, aunque el control final recae en el Ministerio. "Nosotros habilitamos a las empresas, pero ellas deben garantizar que sus vigiladores estén habilitados. Si un vigilador no está habilitado, la responsabilidad es de la empresa", afirmó Fajardo. Además, señaló que los contratantes, como un banco, también pueden ser responsables si contratan personal no habilitado.
Para transparentar el proceso, Fajardo explicó que cualquier ciudadano puede verificar la habilitación de empresas y vigiladores a través del servicio de Seguridad Privada en la plataforma CIDI. "Cada vigilador debe llevar una credencial con su nombre, apellido y un código QR que permite confirmar su habilitación con un celular", detalló. Este sistema busca evitar situaciones como las recientes, donde personas no habilitadas actuaron como vigiladores. "En el caso de las dos personas imputadas, podemos confirmar que no tienen ninguna habilitación. La calle no es un ámbito para la seguridad privada, eso le corresponde a la policía", subrayó.
Sobre las irregularidades detectadas, Fajardo identificó tres principales: empresas no habilitadas operando en objetivos, vigiladores no habilitados trabajando para empresas habilitadas, y casos donde ni la empresa ni los vigiladores cumplen con la normativa. "Realizamos controles diarios y aleatorios en objetivos como bancos o supermercados, a veces junto al sindicato y el Ministerio de Trabajo. Las sanciones varían según la gravedad, desde multas hasta clausuras", afirmó.
En cuanto a los requisitos para ser vigilador, Fajardo enumeró: "Ser mayor de edad, tener secundario completo, no contar con antecedentes penales ni estar inscripto en el registro de delitos contra la integridad sexual, presentar certificados de aptitud física y psicológica, y completar un curso de capacitación anual". Sobre el uso de armas no letales, autorizado recientemente, Fajardo precisó que "una empresa tiene 18 vigiladores habilitados para portarlas en objetivos específicos, tras cumplir un curso en la Escuela de Tiro de la Policía y un perfil psicológico específico". Además, confirmó que el Instituto de Formación de Seguridad Privada, gestionado con la Mutual del Sindicato de Vigiladores y profesores de la Universidad Provincial de Córdoba, ya capacitó a su primera tanda de 100 alumnos. "Este instituto forma a vigiladores para distintos objetivos, como espectáculos públicos o puestos fijos, y seguirá ampliando sus temáticas", agregó.
"Cualquier ciudadano puede verificar en CiDi si una empresa o vigilador está habilitado. No hay crisis en este sistema, está claro quién cumple y quién no", concluyó Fajardo.
Entrevista de Miguel Clariá.
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