La Corte revocó indemnización de $8 millones por "excesiva"

La Mesa de Café

Lesión laboral: la Corte revocó indemnización de $8 millones

13/06/2019 | 09:31 |

Entendió que era "excesiva". Iba a beneficiar a un trabajador que se golpeó el meñique. "Este tipo de causas desvirtúan lo positivo del sistema", dijo a Cadena 3 Mara Bettiol, presidente de U.A.R.T.

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La Corte Suprema de Justicia revocó una indemnización de $8 millones, que le había otorgado la Cámara de Apelaciones del Trabajo a N.F.C, por considerarla una cifra "desmesurada" y "excesiva" para un accidente en el dedo meñique.

"El grado de incapacidad admitido por la Cámara resultaba irrazonable y desmesurado", dice el fallo tomando en cuenta la Ley de Riesgos del Trabajo. Por eso, ordenan que "se dicte un nuevo pronunciamiento", en base al fallo de la Corte.

"Estas absurdas periciales son a diario. Con el pretexto de amparar determinadas situaciones, terminan desvirtuando lo positivo del sistema que es la indemnización, el atender al trabajador y ponerlo en su mejor estado después del accidente. La tasa de accidentes ha bajado -14% en el último año-", dijo a Cadena 3 Mara Bettiol, presidente de la Unión de Aseguradoras de Riesgo de Trabajo.

Lo que sucedió con este caso es que la Cámara de Trabajo validó la pericia médica que estimó en más de un 26% la incapacidad del trabajador luego del accidente, pese a que la Ley de Riesgos del Trabajo "establece un máximo del 5% de incapacidad total por la amputación del dedo meñique".

"Hay un accidente, la persona se atiende. Si le queda una incapacidad, va a la comisión médica y si no está de acuerdo con el análisis de la comisión, va a sede judicial y ahí el perito establece los porcentajes de indemnización. El problema es que usa mucho la figura de daño psicológico y se suma un porcentaje", expresó Bettiol.

La provincia de Córdoba adhirió en 2017 a una reforma con la visión de cuidar el empleo sin descuidar al trabajador. Esta reforma previó para aquellos trabajadores que tengan un accidente, un procedimiento administrativo, una revisión médica y la aplicación de un baremo o tabla que determina cuál debe ser la indemnización de acuerdo al daño producido.

"Siempre está abierta la posibilidad judicial. El problema es que el baremo no se aplica y cada perito tiene criterio propio y, como cobra de acuerdo al porcentaje que recibe el trabajador, siempre hay una tendencia a que sea más alto que lo que corresponde", dijo Bettiol.

Para la presidente de la U.A.R.T, una de las cuestiones fundamentales -además de aplicar el baremo- es incorporar cuerpos médicos forenses en el ámbito judicial.

"Estos son médicos seleccionados que cobrarían un sueldo y no por el porcentaje que reciba cada trabajador. En el caso de Córdoba, esta decisión depende del Tribunal Superior. Esto hace a la equidad y a las reglas claras para todo el mundo".

Y agregó: "Esta ley pone énfasis y tiene fin protectorio del trabajador por la prevención. Si eso falla, lo que hace es darle las mejores atenciones de por vida. Es un sistema de mucha protección. El sistema de seguros necesita tener súper claro cuáles son las contingencias y prestaciones".

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