Cuál es la pena por contagiar a alguien intencionalmente (por Miguel Clariá)

Alerta por coronavirus

Cuál es la pena por contagiar a alguien intencionalmente

02/04/2020 | 09:50 | El fiscal federal y profesor de Derecho de la UNC, Maximiliano Hairabedian, explicó que si una persona con coronavirus tose a propósito sobre otra puede recibir una pena de hasta 15 años de prisión.

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Cuál es la pena por contagiar a alguien intencionalmente (por Miguel Clariá)

Mientras que en Estados Unidos toser de manera intencional para esparcir el coronavirus ya es considerado en algunos estados un caso de terrorismo, en Argentina puede tener una pena de hasta 15 años de prisión.

Maximiliano Hairabedian, profesor de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC) y fiscal federal explicó a Cadena 3 que en el sistema argentino toser a propósito sobre alguien para contagiarlo “no sería considerado terrorismo porque para que exista tal, tiene que haber una finalidad de aterrorizar a la población en general y no un hecho individual sobre una o dos personas”.

De hecho, en Estados Unidos, un hombre –identificado como George Falcone– tosió en la cara de una empleada de un supermercado de Nueva Jersey y luego le dijo que tenía coronavirus. Tras este episodio Falcone fue acusado de amenaza terrorista en tercer grado y de obstrucción de la ley enfrentando una pena de prisión de hasta 7 años y una multa de 26 mil dólares.

En este marco, Hairabedian indicó que si eso llegase a pasar en el país el delito que se le atribuye la figura de “propagación de enfermedad infecciosa contagiosa” con una pena de 15 años de prisión; y si no se logra el contagio, puede llegar a ser un delito de atentado con siete años de prisión, como la pena de amenaza terrorista en tercer grado que le imputaron a Falcone en Estados Unidos”.

El fiscal indicó que en el caso estadounidense el dolo fue claro porque la persona anunció que tenía coronavirus y que tosía por eso. “Lo hizo con la finalidad de generar miedo y temor y estaba la intención de hacerlo a propósito”, reiteró.

“La amenaza terrorista en tercer grado implica un grado de entidad y gravedad menor. La pena del delito allá sería más o menos la misma pena que correspondería acá para el delito de propagación contagiosa y la pena es la misma”, precisó.

Entrevista de Miguel Clariá.