Se eliminó el cobro de roaming entre Argentina y Chile.

Itinerancia sin fronteras

Se eliminó el cobro de roaming entre Argentina y Chile

30/08/2020 | 09:49 | Desde el sábado, el uso de telefonía móvil al cruzar las fronteras de ambos países se factura al precio local.

El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) aprobó la eliminación del cobro de roaming (o itinerancia) entre la Argentina y Chile a partir del sábado pasado, por lo que el uso de telefonía móvil (servicios de voz, mensajería y datos móviles) al cruzar las fronteras de ambos países se factura al precio local.

El presidente Alberto Fernández mantuvo una videollamada con su par de Chile, Sebastián Piñera, en la que celebraron la eliminación del cobro de roaming entre ambos países.

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Esto sí que es como integrar territorio definitivamente, porque un argentino que habla en Chile es lo mismo que un chileno que habla en Argentina y eso me pone muy contento”, señaló el jefe de Estado a su par chileno.

Según un comunicado difundido por Presidencia, Piñera remarcó la medida como "una gran noticia para los argentinos y chilenos” y consideró que “en el fondo estaremos separados por la Cordillera, pero unidos por la tecnología”.

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En un comunicado difundido por el Enacom se informó que la identificación se realizará a través de la tarjeta SIM, y así el usuario podrá conectarse con un operador de otra red abonando el precio de su país, es decir que el costo de las llamadas y consumo de datos no insumirá cargos extras.

Según lo estipulado, esta normativa define un lapso para la utilización de dicho beneficio, que es de 90 días corridos o de 120 días discontinuos en el mismo año.

Por otro lado, los operadores que brinden el servicio a los usuarios cuando se encuentren en el país vecino deberán asegurar la misma calidad de servicio y cobertura que a sus usuarios nacionales.

En primera instancia, esta medida tiene su origen en el Acuerdo de Libre Comercio (ACL) suscripto entre la República Argentina y la República de Chile, que fue incorporado mediante la Ley 27.497, y fue acordada por la Comisión Administradora Bilateral del Acuerdo Comercial entre Argentina y Chile, en el marco de una sesión en la cual se abordaron diversos mecanismos para facilitar el intercambio entre ambos países, y el directorio de Enacom le otorgó la aprobación definitiva.

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