Sólo resta la promulgación del Ejecutivo
02/06/2011 | 06:44 | Tras más de dos horas de debate, se aprobó en la Cámara de Diputados la ''ley antitabaco'' con 181 votos a favor, uno en contra y una abstención. La norma obliga a las empresas a incluir mensajes que alerten sobre los efectos nocivos para la salud.
La Cámara de Diputados aprobó y convirtió en ley el proyecto que regula la venta y publicidad de cigarrillos en todo el país, en una votación con amplia mayoría.
Tras más de dos horas de debate, la votación arrojó 181 votos afirmativos, uno en contra y una abstención.
De esta forma, la norma fue convertida en ley, por lo que ahora sólo resta que el Poder Ejecutivo la promulgue para que entre en vigencia en todo el país.
El proyecto establece la prohibición total de fumar en ambientes públicos, impide la publicidad y promoción de actividades por empresas tabacaleras, y obliga a los fabricantes a incluir mensajes que alerten sobre los efectos nocivos para la salud que causa el cigarrillo.
La iniciativa se encuentra desde hace varios años en debate en el Congreso y tenía media sanción del Senado.
En Argentina, mueren 110 personas a causa del cigarrillo.
Los 10 puntos clave de la ley antitabaco nacional son:
1- Disponer la prohibición total de fumar en ambientes públicos y lugares de trabajo.
2- Prohibir la total publicidad, promoción o patrocinio de actividades por empresas tabacaleras de sus marcas en todo tipo de actividad o evento público, y a través de cualquier medio de difusión.
3- Los paquetes de cigarrillos deberán llevar "una imagen y un mensaje que describa los efectos nocivos del consumo",
4- Se incluirá un pictograma de advertencia sobre el daño, que ocupará el 50 por ciento inferior de una de las superficies principales. Asimismo, en los paquetes no podrán utilizarse expresiones como 'light', 'suaves'.
5- La ley prohíbe la venta de productos elaborados con tabaco a menores de 18 años.
6- También se prohíbe la venta en paquetes abiertos (es decir, por unidad), a través de máquinas expendedoras o por cualquier método que impida verificar la edad del receptor.
7- La norma impide fumar en lugares de trabajo cerrados y cualquier espacio cerrado destinado al acceso de público y aclara que las personas no fumadoras tendrán derecho de exigir al responsable del local que conmine al infractor a cesar en su conducta. Y deberán colocarse carteles que indiquen dicha prohibición.
8- La ley también regula la composición de cigarrillos o cigarritos en cuanto al alquitrán.
9- Se establece el permiso de fumar en patios, terrazas, balcones y demás áreas al aire libre, salvo en establecimientos de salud o de enseñanza primaria y secundaria, así como en clubes de fumadores o tabaquerías con áreas especiales.
10- Los infractores multas deberán pagar un monto que va desde el valor equivalente al precio de venta al público de 250 a un millón de paquetes de cigarrillos de los de mayor precio comercializados en el país.