Luis Barrionuevo. FOTO: (ARCHIVO/JUAN VARGAS)/NA

Conflicto en UTHGRA

La Corte Suprema revocó la invalidez de las elecciones en el gremio gastronómico

19/06/2025 | 17:26 | El conflicto judicial enfrentó a dos listas rivales en UTHGRA: la azul, liderada por Luis Barrionuevo, y la gris, que apoyaba a Dante Camaño. La Corte falló a favor de la validez del proceso electoral.

La Corte Suprema de Justicia invalidó la disposición que había declarado inválidas las elecciones del gremio de los gastronómicos, celebradas en 2021 en Buenos Aires.

El conflicto se originó entre la lista azul, encabezada por Luis Barrionuevo, y la lista gris, que contaba con el respaldo de su ex cuñado Dante Camaño, en el marco de la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (UTHGRA).

Los magistrados Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, siguiendo un dictamen de la Procuración General de la Nación, emitido por Víctor Abramovich, decidieron hacer lugar al recurso, dejar sin efecto la sentencia anterior y devolver las actuaciones al tribunal de origen.

En diciembre de 2023, el máximo tribunal ya había aceptado la queja presentada, determinando la suspensión del procedimiento de ejecución.

Por medio de la resolución 155/21 del Consejo Directivo de UTHGRA, se convocó a elecciones en todas las seccionales y delegaciones del gremio en el país.

El 2 de diciembre de 2021, mientras se llevaban a cabo los comicios en la Sección CABA, la Junta Electoral Central (JEC) emitió la resolución 74/21, que suspendió el proceso electoral y ordenó el regreso de las urnas a los lugares de votación.

Posteriormente, la Junta Central emitió la resolución 75/21, se intervino en la Junta local y se designó a un delegado para seguir con el proceso electoral. Esto se justificó por presuntas parcialidades de la Junta local en favor de la “Lista Gris” y por impedir que fiscales de la “Lista Azul” acompañaran las urnas.

En este contexto, Juan Domingo Castro, apoderado de la “Lista Gris”, presentó un amparo cuestionando los actos de la Junta Electoral Central que desconocieron el proceso electoral en CABA. Por su parte, la lista Azul, representada por Leandro Capriotti, también lanzó una acción de amparo para obligar a la Junta Electoral Central a continuar con los comicios que habían sido suspendidos, pero su demanda se acumuló al mismo proceso.

La jueza que intervino evaluó las particularidades de los casos y determinó, preliminarmente, revisar la validez de la elección, concluyendo que se habían registrado graves irregularidades en el proceso, lo que se tradujo en una escasa participación de los afiliados. En base a esto, la jueza declaró inválido el resultado de la votación.

La Cámara Laboral confirmó esta sentencia. Según argumentó, Castro, al exponer de manera general su reclamo, incentivó la revisión del acto electoral al cuestionar cualquier acto que pudiera contradecir los resultados de los comicios. Esta presentación, sumada a la de la lista Azul, llevó a la magistratura a considerar la legitimidad de la elección del 2 de diciembre de 2021, tal como lo mencionó el dictamen de la Procuración.

Ante esta situación, Castro presentó un recurso extraordinario ante la Corte, alegando que la resolución era arbitraria y que afectaba la legalidad de la elección. La Procuración coincidió en que el objetivo principal del amparo era impugnar las resoluciones de la JEC, que cuestionaban la legitimidad de la elección favorable a la lista que él representaba.

Asimismo, se indicó que la invalidez del acto electoral fue dispuesta sin que la parte demandada lo hubiera solicitado, quien solo insistió en la existencia de las anomalías que provocaron la suspensión.

Con base en estas consideraciones, la Procuración determinó que el recurso era procedente y que correspondía anular la sentencia apelada.

“La solución propuesta no implica un pronunciamiento sobre la validez del proceso electoral de la Seccional CABA de UTHGRA ni una convalidación de lo actuado por los órganos electorales”, se remarcó.

Finalmente, la Corte Suprema de Justicia siguió este dictamen y ordenó el retorno del caso al tribunal de origen.