Los jubilados de la mínima seguirán percibiendo un bono de $70.000 en julio.

Aumento previsional

Es oficial el aumento de los haberes jubilatorios en agosto: cuánto van a cobrar

25/07/2025 | 11:39

ANSES implementará nuevos montos para jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares, con un incremento del 1,62% basado en el IPC de junio. Los nuevos valores impactarán a todos los beneficiarios.

Redacción Cadena 3

El Gobierno nacional oficializó un aumento en los haberes jubilatorios que entrará en vigencia a partir de agosto. La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) publicó en el Boletín Oficial las Resoluciones 278/2025 y 279/2025, que establecieron nuevos montos para jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares. La resolución fue firmada por el director ejecutivo, Fernando Omar Bearzi.

El nuevo haber mínimo garantizado para jubilados y pensionados se fijó en $314.305,37, mientras que el máximo alcanzó los $2.114.977,60. Además, se definieron las bases imponibles para los aportes previsionales en $105.857,99 (mínima) y $3.440.334,99 (máxima). Todos estos valores comenzaron a aplicarse desde el período devengado agosto de 2025.

La actualización de haberes se basó en la fórmula de movilidad establecida en el artículo 32 de la Ley 24.241, que fue modificada por el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/2024. 

Esta fórmula determina ajustes mensuales conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor Nacional (IPC), elaborado por el Indec. Según informes técnicos de ANSES, la variación del IPC correspondiente a junio de 2025 fue del 1,62%, porcentaje utilizado para el nuevo cálculo.

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La Prestación Básica Universal (PBU) se ubicó en $143.780,36 y la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) alcanzó los $251.444,30. Para quienes cesaran en la actividad desde el 31 de julio de 2025 o solicitaran beneficios a partir del 1 de agosto, se aplicarían los índices de actualización aprobados por la Subsecretaría de Seguridad Social.

Asimismo, Anses determinó un aumento del 1,62% en los montos y límites de ingresos para acceder a las asignaciones familiares en todo el país. Este ajuste abarcó a beneficiarios de la Ley 24.714, excluyendo ayudas escolares anuales y maternidad. La vigencia se estableció para pagos y hechos generadores a partir de agosto.

La actualización impactó en trabajadores en relación de dependencia, monotributistas, beneficiarios del SIPA, titulares de pensiones no contributivas por invalidez y quienes recibieron la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo para Protección Social. El nuevo tope de ingresos individuales para acceder a las asignaciones familiares se fijó en $2.315.267 mensuales. Si uno de los integrantes del grupo familiar superaba ese monto, el grupo quedaba excluido del beneficio.

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La Asignación Universal por Hijo (AUH) pasaría a ser $112.919 mensuales desde agosto. Hasta que se entregara la Libreta de Asignación, Anses retendrá el 20% del monto mensual, lo que significaría que se acreditaron $90.335 en las cuentas hasta cumplir con ese requisito. En caso de la AUH por Hijo con Discapacidad, el monto se eleva a $387.949.

En cuanto a la Tarjeta Alimentar, se establecieron montos diferenciados: $52.250 para familias con un hijo; $81.936 para aquellas con dos hijos; y $108.062 para familias con tres hijos o más. Esta prestación está dirigida a madres, padres y titulares de prestaciones sociales.

Los titulares también pueden acceder a una Ayuda Anual Escolar de $85.000 al acreditar la escolaridad correspondiente antes del 31 de diciembre para cobrar el año siguiente. La finalidad principal de esta actualización es preservar el poder adquisitivo frente a la inflación, conforme a la normativa vigente y los lineamientos establecidos por la legislación nacional.

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Lectura rápida

¿Qué se oficializó? Un aumento en los haberes jubilatorios que entrará en vigencia a partir de agosto.

¿Quién firmó la resolución? La resolución fue firmada por el director ejecutivo, Fernando Omar Bearzi.

¿Cuándo comenzarán a aplicarse los nuevos montos? Desde el período devengado agosto de 2025.

¿Dónde se publicó la resolución? En el Boletín Oficial de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Por qué se realizó la actualización? Para preservar el poder adquisitivo frente a la inflación, conforme a la normativa vigente.

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