Rosenkrantz pide distinguir entre "juzgar y hacer política".

Justicia

Tensión en la Corte: recorte de poder a Rosenkrantz

18/12/2018 | 19:19 |

La mayoría conformada por Lorenzetti, Rosatti y Maqueda dispuso que el presidente de la Corte Suprema no podrá decidir las contrataciones al Poder Judicial por sí mismo.

Los jueces de la Corte Suprema de Justicia Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda resolvieron este martes que Carlos Rosenkrantz, presidente de la institución, no podrá decidir él mismo las contrataciones al Poder Judicial sino que harán falta las firmas de tres ministros, que pueden no incluir la suya.

Rosenkrantz presentó una disidencia a la decisión, mientras que Elena Highton, la vicepresidenta del a entidad, no votó por ninguna de las dos opciones.

El presidente de la Corte Suprema proponía que las contrataciones fueran por decisión del presidente de la Corte, aunque con la aprobación de al menos dos ministros, dependiendo del área que se tratase y, además, que se creara un “reglamento de contrataciones” que estipulara reglas objetivas.

La acordada que establece el nuevo funcionamiento de la Corte, 44/2018, se firmó inmediatamente después del acuerdo de ministros en el que se fijó la nueva fórmula de reajuste de las jubilaciones.

Como fundamento de la acordada, los jueces de la mayoría citaron al artículo 113 de la Constitución nacional que establece que “la Corte Suprema dictará su reglamento interno y nombrará a sus empleados”, lo cual, para los magistrados, se extiente a la totalidad de la Corte y no solo al presidente.

Además, citaron una votación de 1961 en que la Corte delegaba “las funciones de superintendencia” en la presidencia, excepto en situaciones excepcionales que hicieran necesaria la intervención de los otros ministros y, en 1990, también delegó en su titular ciertas facultades relativas a nombramientos, renuncias y la aplicaciones de medidas disciplinarias.

“Con el objeto de afianzar la participación y profundizar el consenso en la adopción de sus decisiones, el Tribunal considera oportuno retomar el ejercicio de las aludidas competencias delegadas en materia de superintendencia y sujetarlas al principio de mayoría”, escribieron Maqueda, Lorenzetti y Rosatti.

Para Rosenkrantz, la decisión tomada por la mayoría es ilegal, ya que toda contratación requiere un crédito presupuestario y él interpreta que únicamente el presidente tiene disponibilidad de los créditos que la ley de presupuesto le asigne al Poder Judicial.