Seguirán pagando Ganancias unos 50 judiciales “nuevos"

Córdoba

Seguirán pagando Ganancias unos 50 judiciales “nuevos"

30/11/2018 | 12:36 |

En la Justicia provincial hay 8.166 magistrados y empleados judiciales. Desde 2017 hubo 783 ingresantes que están alcanzados. Sólo medio centenar cobra lo suficiente para que le descuenten. 

Adrián Simioni

Los sueldos que van a cobrar en noviembre y diciembre los magistrados y los empleados del Poder Judicial de Córdoba no van a registrar cambios, pese al fallo de la Corte Suprema que dio por tierra con la disposición de un juez que había beneficiado a sus colegas de todo el sistema judicial argentino, congelando  incluso el muy limitado pago del Impuesto a las Ganancias dispuesto por una ley del Congreso en 2017.

Esto es así porque el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba ya venía aplicando la ley, en su sentido más restrictivo, al igual que la Corte Suprema. Pero, a diferencia de lo que sucedió a nivel nacional, Córdoba no dejó de aplicarlo, pese a la cautelar. Por lo tanto, entre los 8.166 magistrados y empleados judiciales de la provincia seguirán pagando el tributo unas 50 personas. En total, son 783 los judiciales técnicamente alcanzados por el impuesto. Pero sólo 50 de ellos alcanzan la base imponible necesaria para que les hagan algún descuento.

“Ingresantes” por “nombramientos”

Todos ellos ingresaron de cero como empleados a la Justicia después de 2017 y, por lo tanto, están alcanzados. Y no fueron beneficiarios del amparo del que se valieron sus colegas a nivel nacional para eludir el impuesto.

La ley que sacó el Congreso a fines del año pasado fue producto de una negociación. Por un lado, los legisladores les consagraron el privilegio que se habían autoconcedido los jueces por medio de un fallo a no pagar el impuesto que todos los demás ciudadanos pagamos. Por el otro, la corporación judicial aceptó que sí quedaran alcanzados quienes recibieran un “nombramiento” a partir de enero de 2017.

La Corte Suprema interpretó “nombramiento”, otra vez, a favor de los jueces y sus empleados. Y ordenó administrativamente que se aplicara a los “ingresantes” al Poder Judicial. Es decir, sólo a quienes ponían por primera vez un pie en la Justicia y no, por ejemplo, a quienes eran ascendidos (por caso, un secretario de Juzgado que venía sin pagar Ganancias debería pagar a partir de ser “nombrado” como juez).

De manera que el alcance de la ley 2017 fue muy limitado, por no decir burlado en su espíritu.

No pagan ni los nuevos

Sin embargo, la corporación a nivel nacional y en varias provincias se dio el lujo de que no pagaran ni siquiera los “ingresantes”. Hubo funcionarios judiciales que pidieron a un juez que precisara qué quería decir “nombramiento” precisamente para prevenir para cubrirse a futuro.

Y a ellos se sumaron ingresantes alcanzados por el tributo. Algunos argumentaban que hacerles pagar a ellos y no a un colega ingresado en 2016 violaba el principio de igual remuneración por igual tarea. Y otros plantearon que, aunque habían ingresado después de 2017, sus concursos habían sido anteriores y, por lo tanto, se consideraban también exceptuados.

Como la ley no se reglamentó, con todas esas excusas el juzgado en cuestión concedió la cautelar y frenó todos los descuentos.

Promedio neto: $62.000

Pero eso es lo que no rigió en Córdoba, donde los “ingresantes puros” están alcanzados. Siguen exentos todos los demás magistrados (vocales, camaristas, jueces, secretarios, fiscales, defensores oficiales) y empleados (beneficiados por una insólita y arbitraria cláusula de enganche salarial que también se forzó para conceder a quienes no ejercen la jurisdicción judicial de los beneficios de la intangibilidad destinados, presuntamente, a garantizar la independencia del juez).

El salario promedio neto (es decir de bolsillo, una vez realizados todos los descuentos) de toda la justicia provincial es de 62.000 pesos.

Que debe definir la Corte

En el Tribunal Superior de Córdoba están a la espera de que la Corte Suprema traduzca en términos operativos la nueva situación a partir de que, la semana pasada, los supremos voltearan la cautelar.

Por lo pronto, lo único seguro es que los “ingresantes de cero”, pagan. Por eso no habrá cambios en el criterio cordobés para liquidar los sueldos y se seguirá haciendo como hasta ahora.

Pero falta ver que se resuelva la cuestión de fondo: qué quiere decir “nombramiento” en la ley 2017. Eso todavía no fue resuelto por el juez de primera instancia. Y mucho menos ha llegado a la Corte.

Se barajan varias posibilidades teóricas:

Que la Corte decida que “nombramiento” es sólo el “ingreso” al Poder Judicial. Eso es lo más probable e implica no tocar los privilegios actuales. En ese caso, en la Justicia de Córdoba nada cambiaría. Seguiría el criterio actual. En el Tribunal Superior calculan que, en poco más de unos 20 años, no quedaría nadie ingresado antes de 2017 y, por lo tanto, ya casi todos los jueces empleados pagarían el tributo. Recién entonces todos serían tratados igual que el resto de los ciudadanos.

Que la Corte interprete lo que todo el mundo entiende: que una designación o ascenso son un “nombramiento” y que, por tanto, quienes ocupen una nueva posición pasen a pagar el impuesto, más allá de que hubieran ingresado antes de 2017 a la Justicia.

En este caso, se abren dos alternativas: podrían pagar tomado el total de sus salarios como base imponible para el cálculo del impuesto o tomar sólo la porción en que se incrementa el ingreso. Por ejemplo, si un secretario cobraba 100 y pasa a ser juez y cobra 150, podría decidirse que pague sobre los 150 o sólo sobre 50 (por considerarse a los 100 un “derecho adquirido”).

Un subsidio para pagar… impuestos

Otra cuestión que sobrevuela el tema es si los jueces y magistrados serán compensados o no. El presidente de la Corte Suprema, Carlos Rosenkrantz, dejó hace una semana una declaración ambigua en una entrevista con La Nación. Dijo: “La sociedad argentina se convenció de que los jueces buscan proteger un privilegio. No es la consagración de un privilegio, sino cómo se hace para que los jueces paguen Ganancias sin que su sueldo de bolsillo se vea reducido”. Muchos interpretan que esto implica que la Corte está dispuesta a descontar Ganancias de los sueldos a los magistrados pero compensándolos por ese pago.

O sea: sería cambiar para que nada cambie. El Estado cobraría el impuesto a los jueces, al fin como a cualquier ciudadano, pero les devolvería el mismo dinero de modo tal que el efecto económico fuera neutro. En términos fiscales, sería otra forma de seguir burlando el principio de igualdad ante la ley. Un... subsidio al pago de impuestos.