Hogares y pymes podrán producir y vender energías renovables

Medio ambiente

Hogares y pymes podrán producir y vender energías renovables

02/11/2018 | 17:42 |

Los usuarios podrán generar energía renovable para autoconsumo y volcar los excedentes a la red eléctrica pública, a partir de la reglamentación del régimen de generación distribuida.                 

Los usuarios podrán generar energía renovable para autoconsumo y volcar los excedentes a la red eléctrica pública, a partir de la reglamentación del régimen de generación distribuida.

Mediante el decreto 986/2018, publicado este viernes en el Boletín Oficial, se reglamentó la ley 24.724 de “fomento a la generación distribuida de energía renovable integrada a la red eléctrica pública".

La medida era un paso necesario para aclarar cómo se utilizarán los incentivos fiscales y financieros del esquema que “cambiará la vida de los hogares”, declaró días atrás el director nacional de Promoción de Energías Renovables, Maximiliano Morrone.

El decreto establece que la generación distribuida para autoconsumo se respaldará en un mecanismo de medición neta, ya que los proveedores externos deberán tanto vender como comprar el fluido a los propietarios de generadores de energía renovable.

Se determinó, además, que las compañías distribuidoras estarán obligadas a facilitar la inyección de los eventuales excedentes domiciliarios y de pymes, surgidos básicamente de paneles solares, mediante el libre acceso a la red eléctrica.

Según los considerandos de la norma, "es necesaria una mayor diversificación de la matriz energética nacional y la mejora de las condiciones para la seguridad del abastecimiento de energía eléctrica".

El decreto considera que el régimen alentará, entre otros beneficios, la reducción de pérdidas en el sistema interconectado; la baja de los costos de generación de energía; y la protección ambiental.

Los pasos a seguir por los usuarios para instalar sus equipos generadores prevén el análisis de viabilidad de conexión, en función de la red de distribución y sus características; la verificación de la instalación realizada; el contrato de Generación Eléctrica Distribuida, que vinculará a los distribuidores con los usuarios-generadores; y la instalación de equipo de medición bidireccional y conexión a la red.

En cuanto al Fondo para la Generación Distribuida de Energías Renovables (Fodis) creado por la ley para facilitar el financiamiento a los propietarios de viviendas y pequeñas y medianas empresas, el decreto establece que la Secretaría de Energía tomará como base los criterios de tecnología, potencia y cantidad de usuarios del sistema eléctrico en cada jurisdicción, entre otros.

Mediante el Fodis se podrán realizar aportes de capital para promover de forma directa o indirecta el desarrollo de la generación distribuida, y establecer un precio adicional de incentivo a la energía inyectada o generada por el beneficiario.

El fondo también podrá bonificar el costo de capital para la adquisición de equipos y otorgar garantías o avales a favor de beneficiarios, proveedores de equipamiento o servicios, empresas de instalación y proveedores de capital o financiamiento.

Se contemplan, asimismo, políticas de promoción y fortalecimiento de la industria nacional de sistemas, equipos e insumos para generación distribuida de energía a partir de fuentes renovables.

Las firmas encuadradas en el régimen de Fomento para la Fabricación Nacional de Sistemas, Equipos e Insumos (Fangised) podrán obtener certificados de crédito fiscal y tendrán la posibilidad de realizar la amortización acelerada del impuesto a las Ganancias, así como obtener la devolución anticipada de IVA.

También, tendrán acceso al financiamiento de la inversión con tasas preferenciales y al Programa de Desarrollo de Proveedores.

"Una vez implementada, la generación distribuida será un boom; la única restricción podría ser que no haya empresas de servicios con capacidad para instalar", anticipó Morrone.

Para más información, accedé a la web de la Secretaría de Energía.

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