Judiciales
29/08/2026 | 08:28
Redacción Cadena 3 Rosario
La Justicia Federal de Rosario sobreseyó a los empresarios Claudio Adrián Iglesias y Jorge Luis Oneto en la causa que, según la acusación contra el exjuez Marcelo Bailaque y otros imputados, fue armada y utilizada para presionarlos y exigirles dinero.
La decisión fue tomada por el juez federal Carlos Vera Barros, quien declaró la nulidad del decreto del 20 de agosto de 2019 que había puesto formalmente en marcha la investigación y de todos los actos posteriores derivados de aquel procedimiento, incluidos los estruendosos allanamientos.
Los empresarios fueron representados por los abogados Oscar Eduardo Romera y Juan Ignacio Murray, quienes plantearon que el expediente estaba afectado por un vicio originario de gravedad constitucional y solicitaron la nulidad de todo lo actuado y el consecuente sobreseimiento de sus defendidos, lo que finalmente reconoció la Justicia Federal.
La defensa sostuvo que la denuncia había sido direccionada deliberadamente hacia el Juzgado Federal N°4 de Rosario, entonces a cargo de Bailaque, mediante una maniobra coordinada con funcionarios de la ex-AFIP y terceros interesados.
El planteo fue acompañado por los fiscales Diego Velasco, titular de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), y Juan Argibay Molina, fiscal federal coadyuvante a cargo de la delegación Rosario de esa procuraduría.
Ambos representantes del Ministerio Público Fiscal consideraron que correspondía declarar la nulidad absoluta e insubsanable del acto que dio inicio a la causa y de todos los procedimientos posteriores, además de sobreseer a Iglesias y Oneto.
Para llegar a esa conclusión fueron determinantes las pruebas reunidas en la investigación que tiene procesado y detenido bajo prisión domiciliaria a Bailaque. En ese expediente, el exfuncionario de la AFIP Carlos Vaudagna y el financista Fernando Whpei reconocieron su participación en maniobras vinculadas con la conformación y el direccionamiento de las actuaciones administrativas y judiciales.
Esos reconocimientos fueron realizados mediante acuerdos homologados judicialmente y estuvieron respaldados por testimonios, documentación en papel y soporte digital, teléfonos celulares secuestrados y peritados y datos de geolocalización obtenidos de comunicaciones.
La resolución señaló también una llamativa discordancia horaria: la denuncia contra los empresarios habría sido recibida en el juzgado de Bailaque el 14 de agosto de 2019 a las 12.35, mientras que la presentación anónima que supuestamente le había dado origen fue registrada formalmente en una dependencia de la AFIP veinte minutos después, a las 12.55.
Para Vera Barros, la radicación inicial del expediente no respondió al funcionamiento regular del sistema de asignación de causas, sino que estuvo precedida por una actividad “deliberadamente encaminada” a conseguir la intervención de un juzgado determinado.
La nulidad alcanzó los allanamientos realizados el 31 de octubre de 2019, las pruebas obtenidas durante esos procedimientos, los informes posteriores y la citación a declaración indagatoria dispuesta en agosto de 2021. Todo quedó invalidado por depender del acto inicial considerado ilegítimo.
El magistrado concluyó que, una vez anuladas las medidas que habían sostenido la persecución penal, la causa ya no podía continuar válidamente contra Iglesias y Oneto. En consecuencia, los sobreseyó con la declaración expresa de que el proceso no afecta el buen nombre y honor de ambos.
La resolución también dejó sin efecto las prohibiciones de salida del país y ordenó levantar definitivamente los embargos que habían sido dispuestos cuando los empresarios fueron procesados, en febrero de 2025.
El cierre de este expediente no implica el final de la investigación contra Bailaque. El exjuez continúa procesado y privado de su libertad por la presunta trama de corrupción judicial y extorsión montada contra los empresarios.
Sin embargo, el avance hacia el juicio quedó en suspenso después de que el camarista federal Aníbal Pineda habilitara la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El máximo tribunal deberá resolver una cuestión formal: si el caso debe tramitar bajo el antiguo Código Procesal Penal o mediante el nuevo sistema acusatorio federal.
Mientras esa discusión mantiene aplazado el juicio, la nueva resolución reconoce judicialmente que la causa iniciada contra Iglesias y Oneto fue direccionada, nació viciada y no podía producir consecuencias penales válidas.
¿Qué decidió la Justicia Federal de Rosario? La Justicia Federal de Rosario sobreseyó a los empresarios Claudio Adrián Iglesias y Jorge Luis Oneto en una causa que se consideró armada para presionarlos.
¿Quién tomó la decisión de sobreseer a los empresarios? La decisión fue tomada por el juez federal Carlos Vera Barros.
¿Cuándo se declaró la nulidad del decreto que inició la investigación? La nulidad del decreto fue declarada el 20 de agosto de 2019.
¿Dónde se llevó a cabo el proceso judicial? El proceso judicial se llevó a cabo en el Juzgado Federal N°4 de Rosario.
¿Por qué se consideró que la causa estaba viciada? Se consideró que la causa estaba viciada porque la denuncia fue direccionada deliberadamente y afectada por un vicio originario de gravedad constitucional.
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