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Derecho alimentario

"Es un derecho": Ordenaron cobrar la cuota alimentaria en la factura de la EPE

23/02/2026 | 11:04

Un tribunal santafesino dispuso que la deuda alimentaria se cobre junto con la factura eléctrica ante reiterados incumplimientos.

Redacción Cadena 3 Rosario

La jueza de Familia Andrea Brunetti dictó una resolución inédita en la provincia de Santa Fe: ordenó que la Empresa Provincial de la Energía incluya en la factura del servicio eléctrico el monto de la cuota alimentaria que un padre incumple de manera reiterada. La medida busca garantizar el derecho alimentario de un menor de edad ante el persistente incumplimiento del progenitor.

En diálogo con Siempre Juntos por Cadena 3 Rosario, la magistrada explicó que, si bien en Santa Fe no había antecedentes de una decisión similar vinculada específicamente a la factura de energía eléctrica, sí existen casos en otras provincias. Además, recordó que el artículo 553 del Código Civil y Comercial habilita a los jueces a disponer “medidas razonables” para asegurar el cumplimiento de las sentencias alimentarias.

“Estamos hablando de alimentos a los hijos, que es un derecho humano fundamental, con tutela constitucional y convencional”, subrayó Brunetti. En ese sentido, remarcó que el interés superior del niño prevalece por sobre otros derechos y que los tribunales tienen la obligación de garantizar la eficacia de las resoluciones judiciales.

La incorporación de la cuota en la boleta de luz se enmarca dentro de las llamadas medidas coercitivas. Según explicó la jueza, se aplican cuando existe un incumplimiento reiterado y cuando otras herramientas ya han fracasado. En este caso, el progenitor había sido inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos y también se le había suspendido la licencia de conducir, sin que eso lograra revertir la situación.

“Lo que se intenta es que cumpla”, sintetizó la magistrada. La medida no implica una sanción penal sino un mecanismo para compeler al pago. El monto de la cuota se adicionará a la factura del servicio eléctrico, de modo que el deudor deberá afrontarlo junto con el consumo mensual si quiere mantener el suministro.

Brunetti aclaró que, si el obligado tuviera un empleo formal, la vía más eficaz sería la retención directa de haberes por parte del empleador. Sin embargo, en este caso no existe esa posibilidad. Frente a ese escenario, la parte actora —a través de su abogada— propuso esta alternativa que el tribunal consideró razonable y proporcional.

Consultada sobre la posibilidad de que el servicio esté a nombre de un tercero, la jueza señaló que la orden judicial es personal y está dirigida al deudor alimentario. Las terceras personas son ajenas al proceso, aunque el objetivo central sigue siendo asegurar que el menor perciba lo que le corresponde por sentencia.

La decisión abre un nuevo capítulo en la jurisprudencia provincial y vuelve a poner en foco el debate sobre las herramientas disponibles para garantizar el pago de la cuota alimentaria. En palabras de Brunetti, el abanico de medidas es amplio y creativo, pero siempre debe responder a un criterio de razonabilidad y a la prioridad absoluta del derecho de niños y adolescentes a recibir alimentos.

Entrevista de Alberto Lotuf.

Lectura rápida

¿Qué resolución dictó la jueza Andrea Brunetti? Ordenó que la Empresa Provincial de la Energía incluya en la factura del servicio eléctrico el monto de la cuota alimentaria incumplida por un padre.

¿Quién es la jueza que tomó esta decisión? La jueza de Familia Andrea Brunetti.

¿Cuándo se tomó esta medida? La resolución fue dictada recientemente, sin antecedentes similares en Santa Fe.

¿Cómo se implementará la cuota alimentaria en la factura? El monto se adicionará a la factura del servicio eléctrico, debiendo ser pagado junto con el consumo mensual.

¿Por qué se tomó esta decisión? Para garantizar el derecho alimentario de un menor ante el incumplimiento reiterado del progenitor.

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