Reforma laboral: ¿Cómo tienen que trabajar los presos?

La quinta pata del gato

¿Cómo tienen que trabajar los presos?

03/03/2026 | 11:42

  

Redacción Cadena 3

Adrián Simioni

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¿Cómo tienen que trabajar los presos?

¿Cómo deben trabajar los presos? El debate volvió a escena a partir de una cláusula incorporada en la reforma laboral que establece que la legislación laboral no será aplicable a personas privadas de la libertad en contexto de encierro. No es un detalle técnico. Es una definición política.

El Gobierno decidió dejar en claro que la Ley de Contrato de Trabajo no rige dentro de las cárceles. ¿Por qué? Porque en los últimos años la Justicia avanzó en una interpretación que, para muchos, desdibujó el sentido del trabajo penitenciario. Hubo fallos que ordenaron pagar salario mínimo, aplicar ART, asignaciones familiares y hasta remunerar ocho horas aunque el interno trabajara menos por cuestiones organizativas. En algunos casos, ni siquiera fueron apelados.

La discusión es delicada. El trabajo forzado fue eliminado en el mundo civilizado por razones evidentes. Los sistemas de explotación carcelaria —como los gulags soviéticos— dejaron lecciones trágicas. La cárcel no puede ser un campo de trabajo esclavo. Pero tampoco parece razonable equiparar sin matices el trabajo intramuros con el empleo en libertad.

Hay una diferencia sustancial entre obligar a alguien a trabajar y organizar tareas productivas dentro del sistema penitenciario con fines de orden, capacitación y reinserción. Que los internos cocinen, limpien o aprendan oficios no es explotación; puede ser parte de un esquema de resocialización. De hecho, el trabajo estructura el tiempo, genera hábitos y puede ofrecer herramientas concretas para cuando llegue la libertad.

El problema surge cuando el sistema se vuelve económicamente inviable o pierde lógica penitenciaria. Si el Estado debe pagar salarios completos, cargas sociales y beneficios idénticos a los del mercado laboral formal por actividades de baja productividad y alto costo operativo, el modelo se vuelve difícil de sostener. Y en ese terreno aparecen las distorsiones.

Al mismo tiempo, ignorar el potencial del trabajo carcelario también tiene costos. Hoy, mientras se discute si corresponde aplicar la ley laboral, las cárceles siguen siendo espacios donde proliferan economías ilegales, desde extorsiones hasta callcenters delictivos. La inactividad no es neutral: también organiza poder y reproduce delito.

La clave no parece estar en el extremo punitivo ni en la equiparación automática con el mercado laboral. El desafío es diseñar un régimen específico, con reglas propias. Un sistema que garantice condiciones dignas, que remunere —aunque sea de manera acotada— y que permita, incluso, que parte de esos ingresos ayuden a sostener a las familias que quedan afuera sin el aporte económico del detenido.

También podría pensarse en esquemas productivos que reduzcan costos al Estado o generen bienes y servicios útiles. ¿Pueden los internos participar en tareas que hoy el propio sistema terceriza? ¿Puede el trabajo convertirse en un incentivo real para la reducción de pena o la obtención de beneficios? Son preguntas incómodas, pero legítimas.

El debate no debería simplificarse en consignas. No se trata de "hacerlos trabajar gratis" ni de convertir la cárcel en una empresa con convenio colectivo. Se trata de encontrar un punto de equilibrio entre derechos, responsabilidad y reinserción.

El Gobierno abrió una puerta al excluir a los presos del régimen laboral general. Ahora falta lo más importante: definir qué modelo propone en su lugar. Porque el trabajo en prisión no es solo una cuestión jurídica. Es una definición sobre qué entendemos por castigo, por justicia y por segunda oportunidad.

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