Mendoza convirtió en ley la extinción de dominio

La Mesa de Café

Mendoza convirtió en ley la Extinción de Dominio

04/04/2019 | 09:17 |

Marcelo D'Agostino, subsecretario de Justicia provincial dijo a Cadena 3 que ya hay un relevamiento de todas las causas susceptibles de ser aplicada.

Audios

La Cámara de Diputados de Mendoza convirtió este miércoles en ley por mayoría el proyecto impulsado por el gobierno provincial sobre extinción de dominio, que habilita a la justicia civil a disponer la recuperación de los bienes que provengan de la corrupción, aunque no exista una sentencia definitiva en el proceso penal.

La iniciativa cosechó el voto favorable de Cambia Mendoza, Protectora, PI y el bloque del PJ, y votaron en contra el FIT y Unidad Ciudadana (UC).

El subsecretario de la Justicia de Mendoza, Marcelo D’Agostino, dijo a Cadena 3 que “esta es una de las principales estrategias adoptadas en el mundo”.

El proyecto aprobado "prevé que esta acción procesal se concrete cuando se presuma que ciertos bienes han sido adquiridos tras la realización de los siguientes delitos: prostitución de menores, comercialización de pornografía infantil, proxenetismo, secuestros, fraude en la administración pública, asociación ilícita y otras formas de corrupción".

La iniciativa establece que los bienes recaudados serán administrados por el Ministerio de Hacienda y Finanzas, mientras que los ingresos que lleguen a Rentas tras las subastas previstas serán destinados a la "construcción y reparación de escuelas públicas en la Provincia".

Según explicó D’Agostino, “por expreso pedido del Gobierno de la Provincia, los activos que se recuperen irán obligatoriamente a la construcción y reparación de escuelas”.

“Antes de que saliera esta ley para poder acceder a uno de estos bienes, productos de la corrupción en general, era necesario que haya una condena en el ámbito penal”, recordó.

En ese sentido, manifestó que “en los últimos 20 años, de 70 causas, sólo siete llegaron a condena” por lo que destacó que con esto “se le otorga una herramienta al fiscal civil para que a la persona que está siendo investigada por estos delitos, se lo demande civilmente y eso demuestre que esos bienes son lícitos con anterioridad”.

Esta Ley, dispuso también que el plazo y cómputo de la prescripción se regirá por las disposiciones de la Ley de fondo y modifica aspectos del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de la Provincia, Ley 9001, al que se le incorpora la "Prescripción Adquisitiva y Extinción de Dominio".

El funcionario apuntó, además que “se busca recuperar esos activos en general y en Mendoza fue incorporado a otros delitos como la trata de personas, la promoción a la prostitución, la corrupción de menores, la pornografía infantil”.

“Estamos muy conformes con la aplicación de esta ley que en breve, entendemos, va a ser enviada al Poder Ejecutivo y ni bien se haya publicado, el procurador que es jefe de los fiscales ha hecho un relevamiento de todas las causas susceptibles de aplicar la extinción de dominio”, adelantó.

Entrevista de Miguel Clariá.