Liebau: "La única novedad es el monto"
Gabriel Tavip, juez de Familia de Córdoba

Compensación inédita

Ex debe pagarle $ 8 millones por dedicarse 30 años al hogar

10/06/2019 | 12:59 |

La Cámara Civil confirmó la sentencia que beneficia a una mujer de 70 años. Para el abogado civilista Gustavo Liebau, "la novedad en el caso es el monto porque el concepto ya se aplicó".

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La Cámara Civil confirmó un fallo que obliga a un hombre a pagar $ 8 millones a su ex esposa, una licenciada de Economía que durante 30 años se dedicó a las tareas de su casa.

El abogado civilista Gustavo Liebau, destacó en diálogo con Cadena 3 que "la única novedad puede ser el importe porque el concepto ya era aplicado por muchos tribunales en el país a partir del nuevo Código Civil que encontró esta regulación para no sólo el matrimonio sino las uniones convivenciales".

Según el fallo, publicado en ElDial.com, es algo inédito ya que nunca se accedió a un monto tan elevado en concepto de compensación económica.

"Seguramente en esta familia hay recursos económicos importantes y también influye el tiempo en qu vivieron juntos. El cónyuge seguramente ha tenido un desarrollo económico muy importante gracias a este matrimonio", dijo a Cadena 3 Gabriel Tavip, juez de Familia de Córdoba y co director junto a Olga Orlandi del proyecto de investigación "Compensaciones económicas ante la crisis matrimonial y convivencial".

La mujer (identificada como M. L. y actualmente de 70 años) y el hombre (identificado como D. B.) estuvieron casados entre 1982 y 2009. Vivían en Palermo y dividían sus roles: mientras el hombre trabajaba, la mujer se dedicaba a las tareas domésticas.

Según Tavip, no importan ni las razones del divorcio ni tampoco si fue ella la que decidió quedarse en su casa y no salir a trabajar. "Sólo hay que ver dos fotos: la del día en que se casan y la del día en que se divorcian. No importa la razón.Ella pudo haber decidido o puede ser que el cónyuge la haya instado o que lo hayan decidido juntos".

La decisión fue tomada por la jueza Victoria Famá, del Juzgado Nacional en lo Civil N° 92, e incorporó perspectiva de género.

Liebau manifestó que "suele suceder que personas que se divorcian, alguna de ellas es perjudicada por la ruptura del vínculo de una manera más grave que la otra".

“La dependencia económica de las esposas frente a sus maridos es uno de los mecanismos centrales mediante los cuales se subordina a las mujeres en la sociedad. (...) En la mayoría de las familias las mujeres todavía asumen principalmente la carga de las tareas domésticas y el cuidado de los hijos, aun cuando desempeñan alguna actividad externa", indica el fallo.

La edad de la mujer al momento de su separación -en 2009- fue determinante para el fallo. "Luego de 27 años de matrimonio el accionado la abandonó cumplidos sus 60 años, edad en la que las mujeres obtienen el beneficio jubilatorio, viéndose privada de ingresar al mercado laboral".

El monto se estableció considerando “las circunstancias personales y situación patrimonial de las partes". También se tuvo en cuenta que M.L. "resignó su desarrollo profesional para ocuparse de los quehaceres domésticos".

Entrevista de Miguel Clariá.